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Autor Ruiz MartÃnez, Rosmery
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Análisis jurÃdico sobre la pertinencia de la despenalización de figuras delictivas irrelevantes / Ruiz MartÃnez, Rosmery
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Ubicación : M340.3/RUI Autores: Ruiz MartÃnez, Rosmery, Autor TÃtulo : Análisis jurÃdico sobre la pertinencia de la despenalización de figuras delictivas irrelevantes Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, dic. 2007, 98 p. Notas : Incluye Bibliografía
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Maestría en Ciencias Penales y CriminológicasTemas : CRIMENES - REFORMA LEGAL, DERECHO PENAL – LEGISLACION (Bolivia) Resumen : El presente trabajo pretende demostrar que es indispensable readecuar los hechos tipificados como delitos en nuestro código penal boliviano, por cuanto se ha identificado que existen varias figuras delictivas irrelevantes que no hacen más que recargar un ordenamiento penal sustantivo. Creando un derecho administrativo Sancionador con penas alternativas a la privación de libertad.
Del estudio del código Penal boliviano se establece que casi todos los delitos contemplados como tales son sancionados condenas privativas de libertad, sin considerar que la libertad de las personas es un derecho humano, que solo debe ser restringido cuando se ha agotado medios o medidas que tiendan a reeducar al infractor de estas normas.
Estas penas de corta duración, da lugar a que los hechos sancionados con ellas queden impunes, puesto que el Código de Procedimiento penal ha previsto salidas alternativas para hechos de escasa relevancia social, permitiendo de este modo que las personas que han cometido estos hechos no cumplan ninguna sanción, ya que únicamente es indispensable para su procedencia la reparación del daño ocasionado, permitiendo de este modo que las finalidades de las penas no operen, puesto que las penas tienen como finalidad la prevención general y la especial.
Asimismo en caso de no optar por una salida alternativa, las penas de corta duración no permiten al delincuente una reeducación resocialización, por el contrario, la realidad de nuestras cárceles no permite la separación de los delincuentes de acuerdo a los hechos cometidos, pues existe un contagio delincuencial.
Asimismo, la despenalización de los hechos de escasa relevancia social, hará que tanto el órgano jurisdiccional como el Ministerio Publico y Policía Técnica Judicial, solo se avoquen a conocer e investigar hechos de gran relevancia social.
Del total de hechos ocurridos en nuestro Departamento desde enero de 2.007 a octubre de 2.007, se tiene que el 70% de los mismos son hechos de escasa relevancia social, en los cuales se aplico salidas alternativas como el Criterio de Oportunidad....leer masleer menosReserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 065860 M340.3/RUI Maestria BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 0752^bBC Documentos electrónicos
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44842_RESUMENAdobe Acrobat PDF
44842_MARCO TEORICOAdobe Acrobat PDF
44842_BIBLIOGRAFIAAdobe Acrobat PDF
44842_ANEXOSAdobe Acrobat PDFDaños y perjuicios derivados de los hechos constitutivos de las causales de divorcio / Ruiz MartÃnez, Rosmery
Ubicación : TD347.077/RUI Autores: Ruiz MartÃnez, Rosmery, Autor TÃtulo : Daños y perjuicios derivados de los hechos constitutivos de las causales de divorcio Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, mar. 1993, 166p Notas : Incluye Bibliografía
Tesis
Temas : RESPONSABILIDAD CIVIL,DIVORCIO Resumen : Sin resumen; La institución de la familia actualmente enfrenta una crisis motivada por factores de orden moral, social, económico, etc. Uno de los aspectos que evidencia esta en crisis es el notorio incremento en el número de demandas de divorcio presentadas ante los juzgados de partido de familia, hecho alarmante que conlleva una serie de consecuencias lamentables tanto para los cónyuges divorciados como para sus hijos. Es evidente que tanto el divorcio en sí como los hechos constitutivos de sus causales, ordinariamente infieren daños materiales y morales al cónyuge inocente, daños que deben ser indemnizados con el fin de reparar, dentro lo posible, la situación de las victimas. Este resarcimiento no concierne únicamente al cónyuge afectado, pues en todo lo que interesa al matrimonio y al divorcio están en juego el orden público y social. Con este propósito hemos formulado la siguiente hipótesis de trabajo. Las acciones por daños y perjuicios derivados del divorcio no prosperan en nuestros tribunales, porque la inadecuada formulación del artículo 144 del código de familia, ocasiona la poca disposición de los jueces para aceptarlas, la inseguridad de los abogados para tramitarlas y el recelo de las víctimas sobre sus resultados. Para desarrollar el tema de modo apropiado, la tesis ha sido dividida en tres títulos. Los dos primeros son introductorias
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