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Autor De la Serna Ulloa, Carla Grecia
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Refinar búsqueda Consulta a fuentes externasNecesidad de complentar el art. 41 de la ley 1715 introduciendo los requisitos indispensables para el funcionamiento de las empresas agricolas en Bolivia / De la Serna Ulloa, Carla Grecia
Ubicación : TD343.076/DEL Autores: De la Serna Ulloa, Carla Grecia, Autor TÃtulo : Necesidad de complentar el art. 41 de la ley 1715 introduciendo los requisitos indispensables para el funcionamiento de las empresas agricolas en Bolivia Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, nov. 2009, 126p Notas : Incluye Bibliografía
Tesis
Temas : DERECHO AGRARIO - INCLUSION ART. 41,EMPRESAS AGRICOLAS - PERSONAL ASALARIADO Resumen : En el año 1995 con el gobierno de Sanchez de Lozada se hace la inclusion de pueblos, naciones, cultura, regiones, territorio, que fueron excluidos en la epoca republicana. Nace la ley 1715, ley del servicio nacional de reforma agraria, donde se reconoce la empresa agricola, que sera la que trabaja con capital suplementario, con personal asalariado y con medios tecnicos, siendo la que debe cumplir con la funcion economica social, pero no contiene los requisitos que son indispensables para su existencia, su regulacion y para poder establecer el respectivo control con relacion a la funcion economica social que por mandato la constitucin politica del estado debe cumplir. Este vacio no fue considerado en la ley 3545, que no establece estos requisitos, donde con la nueva constitucion desde el año 2009 establece que la propiedad agraria individual se clasifica en pequeña y empresarial. La funcion economica social es entendida como el empleo sustentable de la tierra, sus actividades las debe desarrollar tomando en cuenta la capacidad de uso mayor de la tierra en beneficio de la sociedad, en su parte ultima establece que la propiedad empresarial esta sujeta a revision de acuerdo con la ley, quedando aun pendiente la regulacion de las caracteristicas que debe tener la empresa para cumplir con lo establecido en el nuevo texto constitucional. El derecho agrario tiene como objetivo central la tutela de la explotacion de todo lo relacionado con el cultivo de la tierra, por tanto su fin es el de normar el caracter politico, social y economico asi como cultural de lo relacionado con el tema tierra, por tanto entre los institutos de derecho agrario que le permiten al mismo tener autonomia plena tenemos: la propiedad agraria, los procesos agrarios, los contratos agrarios y la empresa agraria.
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 048779 TD343.076/DEL Tesis BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 5762^bBDER Necesidad de complentar el art. 41 de la ley 1715 introduciendo los requisitos indispensables para el funcionamiento de las empresas agricolas en Bolivia / De la Serna Ulloa, Carla Grecia
Ubicación : TD343.076/DEL Autores: De la Serna Ulloa, Carla Grecia, Autor TÃtulo : Necesidad de complentar el art. 41 de la ley 1715 introduciendo los requisitos indispensables para el funcionamiento de las empresas agricolas en Bolivia Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, nov. 2009, 126p Notas : Incluye Bibliografía
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Temas : DERECHO AGRARIO - INCLUSION ART. 41,EMPRESAS AGRICOLAS - PERSONAL ASALARIADO Resumen : En el año 1995 con el gobierno de Sanchez de Lozada se hace la inclusion de pueblos, naciones, cultura, regiones, territorio, que fueron excluidos en la epoca republicana. Nace la ley 1715, ley del servicio nacional de reforma agraria, donde se reconoce la empresa agricola, que sera la que trabaja con capital suplementario, con personal asalariado y con medios tecnicos, siendo la que debe cumplir con la funcion economica social, pero no contiene los requisitos que son indispensables para su existencia, su regulacion y para poder establecer el respectivo control con relacion a la funcion economica social que por mandato la constitucin politica del estado debe cumplir. Este vacio no fue considerado en la ley 3545, que no establece estos requisitos, donde con la nueva constitucion desde el año 2009 establece que la propiedad agraria individual se clasifica en pequeña y empresarial. La funcion economica social es entendida como el empleo sustentable de la tierra, sus actividades las debe desarrollar tomando en cuenta la capacidad de uso mayor de la tierra en beneficio de la sociedad, en su parte ultima establece que la propiedad empresarial esta sujeta a revision de acuerdo con la ley, quedando aun pendiente la regulacion de las caracteristicas que debe tener la empresa para cumplir con lo establecido en el nuevo texto constitucional. El derecho agrario tiene como objetivo central la tutela de la explotacion de todo lo relacionado con el cultivo de la tierra, por tanto su fin es el de normar el caracter politico, social y economico asi como cultural de lo relacionado con el tema tierra, por tanto entre los institutos de derecho agrario que le permiten al mismo tener autonomia plena tenemos: la propiedad agraria, los procesos agrarios, los contratos agrarios y la empresa agraria.
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