Ubicación : | TD343.0946/FLO | Autores: | Flores Valencia, Vanessa MarÃa del Carmen, Autor | TÃtulo : | Reglamentación especÃfca al código de tránsito referente al uso de celulares y equipos electrónicos dentro de los vehÃculos motorizadosFuente : | Tarija [BO] : UAJMS, jun., 2012, 78 p. | Notas : | Incluye Bibliografía
Incluye CD-ROM | Temas : | CODIGO DE TRANSITO - REGLAMENTACION, VEHICULOS MORORIZADOS - RESPONSABILIDAD CIVIL | Resumen : | SIN RESUMEN
Con el transcurso de la historia el hombre ha desarrollado diferentes medios de transporte a los cuales día a día los ha dotado de accesorios de utilidad y modernidad de acuerdo a sus requerimientos personales o de mercadeo.
Con la aparición de la telefonía móvil y los adelantos electrónicos, el teléfono celular a pasado a ser parte de una imperiosa necesidad y de forma intrínseca los equipos electrónicos como los mp4, DVD`s y Televisores empezaron a formar parte de los accesorios de modernidad para todo vehiculo motorizado, tal fenómeno despertó la atención de los Organismos Internacionales para llevar adelante encuentros internacionales en el que se establecieron los lineamientos básicos para que cada país de acuerdo a su normativa de transito, usos y costumbres pudiese elaborar la respectiva reglamentación al uso de los celulares y los equipos electrónicos dentro de los vehículos motorizados.
El Código de Transito de Buenos Aires en su Titulo Sexto, Capitulo 6.1. en su apartado 6.1.9. Inciso k establece la utilización del celular como un medio de auxilio.
El Reglamento de Transito del Distrito Federal en su titulo quinto, artículo 103 determina como sancionable la utilización del teléfono celular, o demás objetos y bienes que imposibiliten la conducción del vehículo.
También el Reglamento de Transito del Perú establece en su Artículo 87º determina que el conductor mientras esté conduciendo no debe comunicarse con otra persona mediante el uso de un teléfono celular de mano, si esto implica, dejar de conducir con ambas manos sobre el volante de dirección. El uso del teléfono celular de mano es permitido cuando el vehículo este detenido o estacionado.
Habiendo realizado las consultas correspondientes y la revisión de la normativa actual de transito en nuestro país solamente hallamos que el Reglamento del Transporte Escolar establece en su articulo 7º que para casos de emergencia, el conductor y/o asistente deberán portar un teléfono celular (cuyos números deben ser conocidos por los padres de familia), este o estos aparatos telefónicos no podrán ser utilizados por el conductor cuando el vehículo esté en marcha.
Lo que nos llama la atención es que el reglamento del transporte escolar es un reglamento especifico por lo que el mismo no es aplicable a los demás vehículos motorizados por lo tanto se hace necesaria la elaboración de una reglamentación especifica al uso de celulares y equipos electrónicos dentro de los vehículos motorizados....leer masleer menos | |
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