| TÃtulo : |
Análisis jurÃdico cientÃfico y crÃtico sobre la ubicación de los educadores del sector privado y público dentro del contexto de la ley laboral y general del trabajo como forma de igualdad de condiciones y su incidencia en el aspecto social |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Tejerina Rocha, Eliana Noemy, Autor |
| Editorial: |
Tarija [BO] : UAJMS |
| Fecha de publicación: |
dic. 2004 |
| Número de páginas: |
73p |
| Il.: |
28cm |
| Precio: |
1.0 |
| Nota general: |
Incluye Bibliografía
Incluye Anexos
Tesis
Incluye CD-R
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| Idioma : |
Español (spa) |
| Palabras clave: |
DERECHO LABORAL-EDUCACION |
| Resumen: |
La educación hoy en dÃa; sufre las mismas condiciones de desigualdad de las que sufrimos todos los habitantes de nuestro paÃs; de las diferencias sociales manoseo polÃtico partidario, la educación al centralismo de los capitales y los que viven alejados de estos cuerpos de estructura gubernamental y otros que a lo largo de mi exposición podré detallar, en base a un trabajo de campo realizado a los diferentes sectores de nuestra educación nacional. De acuerdo a lo establecido en el anterior código de educación Boliviana el trabajador en el marco del magisterio nacional; se excluye de las disposiciones de la ley general del trabajo de acuerdo al decreto supremo del 16 de noviembre de 1967; lo que hace que este sector esté regido de acuerdo al código de la educación y el escalafón del sector; en el marco de la educación fiscal. Esta disposición; ha hecho que hoy en dÃa por la cruda realidad que atraviesa nuestro paÃs (crisis económica-polÃtico-social) sea el punto de controversia de desigualdad de condiciones, para los que trabajan en el sector privado como el sector fiscal. Es clave que los sueldos en los sectores públicos y privados, no alcanzan para el sustento de la canasta familiar; lo que implica que estos sectores salgan a las calles en voz de protesta y organizándose a través de paros, huelgas, etc. lo que perjudica en gran magnitud al estudiante; el cual no llega a concluir el cronograma establecido para su gestión en un 60 a 70 por ciento del 100 por ciento estipulado. Lo que en los sectores privados, no tienen estos problemas pese a que ambos sectores están bajo la atención del Ministerio de Educación Nacional. De acuerdo a las investigaciones realizadas; lo que puedo establecer es que: no existe la adecuación para la transformación del sistema educativo nacional en función a los intereses del paÃs, hace como el proceso establecido nacional en función a los intereses del paÃs, asà como el proceso establecido y planificado en la reforma educativa (Ley N°1565) en su tÃtulo I. Desde la promulgación del decreto supremo 21060; norma que establece la libre contratación del trabajador, en base al principio de oferta y demanda; el cual va en desmedro de la clase trabajadora y en caso especÃfico de los educadores los cuales son apartados en un cambio radical de su misión establecida. Claro ejemplo establece el reglamento de las faltas y sanciones del magisterio resolución suprema N° 212414; donde establece que los delitos ocasionados según estas normas; se substanciarán de acuerdo al código penal, a excepción de los art. 9, 10 y 11 del reglamento de faltas del magisterio. Asimismo nuestra carta magna en su art. 7 en su inciso(e) tiene el derecho a recibir instrucción y adquirir cultura; derecho que es remunerable; el inciso (c) del artÃculo 8 establece como un deber de la persona el de adquirir instrucción por lo menos primaria. El tÃtulo IV de nuestra constitución en su régimen cultural en su art. 177 establece; que la educación es la mas alta función del estado. Ahora bien si la educación; en todos sus grados tanto en el sector fiscal privado, se hallan sujetas a la tuición y regida por el estado, ejercida por intermedio del ministerio de educación porque no se trata de establecer mejores sueldos para estos sectores; que son los pilares para erradicar el analfabetismo en todo el territorio nacional o establecer mecanismos de igualdad entre ambos sectores y no perjudicar al sector estudiando; lo que a falta de diversos problemas que sufren los sectores de educación; solo piden y exigen lo que por ley les corresponde. Por tal situaciones la inclusión reactiva de ambos sectores en la ley general del trabajo se hace necesaria por falta de protección jurÃdica; si bien existen postulados impresos en leyes establecidas e inclusive en nuestra carta magna, estos solo son enunciados, que no establecen parámetros de igualdad de género y condición. El factor de exclusión a la ley general del trabajo; por los trabajadores de educación; se debe contemplar dentro de los alcances que tiene esta ley, para asà dar cumplimiento de los beneficios que le son impartidos por esta ley a todo trabajador, sin distinción alguna para el mejor equilibrio social del paÃs.
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| Ubicación : |
TD344.370/TEJ |
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