| TÃtulo : |
Creacion de una inspectoria rural y su reglamento |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Morales Aira, Rocio Lourdes, Autor |
| Editorial: |
Tarija [BO] : UAJMS |
| Fecha de publicación: |
nov. 2005 |
| Número de páginas: |
61p |
| Il.: |
28cm |
| Precio: |
1.0 |
| Nota general: |
Incluye Bibliografía
Incluye Anexos
Trabajo Dirigido Interdisciplinario
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| Idioma : |
Español (spa) |
| Palabras clave: |
REGISTRO CIVIL - INSPECTORIA RURAL |
| Resumen: |
(Sin resumen) El registro de los hechos del estado civil de las personas ofrece valiosa informacion esta señalada por el registro del nacimiento como el episodio inicial y por el obito como el episodio final. Entre estos dos extremos independiente mente de la modificacion que pueda sufrir el estado civil a lo largo de la vida entre los que mencionamos (reconocimiento, adopcion matrimonio, divorcio y otros actos permitidos por la ley). Las personas necesitan documentos que acredite su estado en la sociedad, documentos como ser el certificado de nacimiento, donde se define la nacionalidad, filiación, edad, lugar de nacimientos generales de ley que sirve para poder adquirir derechos y contraer obligaciones ante la sociedad, la cedula de identidad documento que tiene plena valides y legalidad para la actuacion en todo tramite administrativo o judicial. El proyecto IDENTIDAD beneficia a todos los niños, niñas y adolescentes de las diferentes comunidades plan con el objeto que ejerciten su derecho a la identidad ante la sociedad y el estado proclamado los derechos humanos los derechos de los niños por todos los estados civilizados y reconocimientos por las organizaciones internacionales conforme. La conversion sobre los derechos del niño adaptada por la Asamblea General de las Nacionales Unidas del 20 de Noviembre de 1989 proclama en su Art. 7 inc. 1. El niño sea registrado inmediatamente a su nacimiento y tendra derecho desde este a un nombre, o adquirir una nacionalidad, en medida de lo posible a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. Art. 8 inc. I "Los estados partes se comprometen a respetar el derecho del niño a pesar de su identidad, incluidos la Nacionalidad del nombre y las relaciones familiares, de conformidades con la ley sin ingerencias ilicitas". Art. 8 inc. 2 "Cuando un niño sea ilegalmente, los estados partes deberan prestar la asistencia y proteccion apropiadas con miras a restablecer rapidamente su indentidad".
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| Ubicación : |
TD346/MOR |
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