| TÃtulo : |
Implementación de juzgados militares de instrucción en las grandes unidades |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Aguila Soto, Raúl, Autor |
| Editorial: |
Tarija [BO] : UAJMS |
| Fecha de publicación: |
oct. 1999 |
| Número de páginas: |
106p |
| Il.: |
28cm |
| Nota general: |
Incluye Bibliografía
Tesis
|
| Idioma : |
Español (spa) |
| Palabras clave: |
JUZGADOS MILITARES,INSTRUCCION PENAL MILITAR |
| Resumen: |
"IMPLEMENTACION DE JUZGADOS MILITARES DE INSTRUCCION EN LAS GRANDES UNIDADES".- Lo dispuesto por el artÃculo 81 del Código del Procedimiento Penal Militar, contraviene lo dispuesto por el artÃculo 14 de la Constitución PolÃtica del Estado, que previene que nadie puede ser juzgado por tribunales especiales. Ocasiona la comisión de innumerables injusticias, dado el hecho de que los Jueces Instructores son designados sin tomar en cuenta la formación profesional o técnica en la ciencia del derecho. El Sumario Penal Militar se realiza bajo normas que no condicen con los principios del Derecho Procesal. No se permite el Derecho de Defensa; se desconoce la Presunción de Inocencia y, finalmente, el Juez Instructor no dicta el Auto Final de la Instrucción, dejando, función tan importante a autoridad que no ha conocido el proceso. Estos antecedentes demuestran la impostergable necesidad de Implementar los Juzgados Militares de Instrucción a cargo de un Abogado, con asiento en cada unidad de los comandos divisionarios (Grandes Unidades), a fin de que los sumarios penales se verifiquen con estricta sujeción a los principios universales del derecho. Se requiere una reformulación del Código del Procedimiento Penal Militar y las disposiciones, a fines a cuyo efecto se propone un anteproyecto de ley.
|
| Ubicación : |
TD343.0143/AGU |
|  |