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Autor Plaza Vargas, Tania
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Refinar búsqueda Consulta a fuentes externasProhibición de constituir patrimonio familiar durante el matrimonio cuando no existan hijos / Plaza Vargas, Tania
Ubicación : TD346.04/PLA Autores: Plaza Vargas, Tania, Autor TÃtulo : Prohibición de constituir patrimonio familiar durante el matrimonio cuando no existan hijos Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, dic. 2003, 67p Notas : Incluye Bibliografía
Tesis
Incluye CD-R
Temas : PATRIMONIO FAMILIAR,TEXTO COMPLETO Resumen : La tesis del patrimonio familiar, se constituye en una investigación del instituto jurídico del patrimonio familiar regulado por el código de familia. Históricamente ha sido empleado en el fuero viejo de castilla en España con la finalidad de proteger los huertos de los campesinos de los embargos a los que se hallaban expuestos, pero toma vigencia en los Estados Unidos en 1962 con la finalidad de proteger a la familia de los acreedores, ya que no permitía el embargo de los bienes mas esenciales de la familia. En nuestro país se incorpora por primera vez en la constitución política del estado de 1838 y así sucesivamente se va manteniendo este instituto como un medio de protección de la familia de las vicisitudes y de los malos negocios e inclusive de la muerte del padre que pudiera afectar a los bienes esencialmente a la vivienda. El patrimonio familiar se encuentra regulado en el código de familia en actual vigencia en sus artículos del 30 al 40, son varias las disposiciones que regula sobre esta materia, pero el Art. 33 se refiere específicamente a quienes pueden constituir patrimonio familiar y los beneficiarios del mismo, y en su inc. 1 establece que los cónyuges pueden solicitar para ellos mismos y para sus hijos si los hay, en el caso de que no existieran hijos creemos que no hay razones sólidas para permitir tal constitución aunque actualmente la ley así lo permite. Una de las razones por la que se plantea la prohibición de constituir patrimonio familiar, es que tal institución esta condicionada a la protección de la familia de las vicisitudes económicas, este concepto hace suponer que debe existir mas de dos miembros, es decir que además de los cónyuges debe existir hijos u otros beneficiarios mas. Otra de las razones es que al no existir hijos menores de edad desaparece el interés supremo de protección en resguardo al menor y así asegurarle su sobrevivencia, en la realidad las intenciones de constituir patrimonio familiar son otras, como por ejemplo de evitar la ejecución forzosa de alguna obligación, al parecer se estaría cometiendo un abuso con este instituto jurídico, burlando de esta manera los compromisos legales por intermedio de este mecanismo, por lo que se plantea la prohibición de constituir patrimonio familiar cuando en el matrimonio no existan hijos.
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