| TÃtulo : |
Necesidad de modificar el proceso de saneamiento de la propiedad agraria en cuanto a los criterios de legitimación |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Jarro RodrÃguez, Verónica Claudia, Autor |
| Editorial: |
Tarija [BO] : UAJMS |
| Fecha de publicación: |
jul. 2005 |
| Número de páginas: |
83p |
| Il.: |
28cm |
| Precio: |
1.0 |
| Nota general: |
Incluye Bibliografía
Incluye Anexos
Tesis
Incluye CD-R
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| Idioma : |
Español (spa) |
| Palabras clave: |
PROPIEDAD AGRARIA,SANEAMIENTO DE TIERRAS |
| Resumen: |
Una de las razones fundamentales sobre la urgencia de modificar la legislación agraria es el hecho alarmante de que la propiedad rural en Bolivia se ha convertido en un bien inerte que posee escasa o ninguna significación económica. Según el artÃculo 169 de la Constitución vigente, la propiedad pequeña campesina es indivisible e inembargable. Esta norma estuvo inspirada en el sano propósito de evitar que aparecieran nuevos minifundios antieconómicos que pudiera agravar la situación de pobreza prevaleciente en las zonas rurales. Pero su aplicabilidad también ha sido escasa o nula y que por un lado se hacen transacciones informales que conducen a una pulverización aún mayor de la propiedad agraria. Las disposiciones que rigen la tenencia de la tierra contribuyen a modelar el patrón de distribución de la renta en el sector agrÃcola, ahora bien el régimen de tenencia de la tierra no puede aislarse de otras cuestiones. La Ley INRA, solo considera procedente la dotación para las comunidades campesinas, pueblos y comunidades indÃgenas y originarias, titulando en su conjunto y no asà para particulares. Aunque ya se advirtió que es una medida anticonstitucional, vale recalcar que hubiera tenido una excelente visión si hubiera permitido la dotación a particulares de propiedades que no exceda a las del solar campesino, esto por el contenido social a preservar y dar mayores y mejores condiciones para la subsistencia y para que pueda satisfacer sus necesidades del diario vivir campesino. Como punto positivo, se considera prudente la medida de restringir el acceso a la dotación, en el sentido como ya se indicó en la introducción de que la tierra en Bolivia, como un elemento básico de la producción, se encuentra hiperdevaluada. Vale señalar que con la tierra un campesino no puede acudir al crédito o si es que logra recurrir, este es por debajo de sus requerimientos. Entre los objetivos especÃficos del presente trabajo de investigación tenemos que: Establecer la coherencia jurÃdica de los juzgadores agrarios, respecto a su primera atribución, referido a conocer acciones de afectación, de propiedades que no fueron sometidas ante el Ex Servicio Nacional de Reforma Agraria. Determinar la situación jurÃdica de aquellas personas cuyo derecho de propiedad se encuentra amparado en un TÃtulo Civil debidamente inscrito en la Oficina del Registro de Derechos Reales y que nunca fueron sometidos ante el Ex Servicio Nacional de Reforma Agraria. Estipular reglas de juego claras, de las prioridades que se deben tomar, cuando dos o más actores se encuentran en litigio sobre un predio determinado y se encuentran en un distinto criterio de legitimación, al momento de aplicar el Saneamiento. Proponer instrumentos que den viabilidad a la producción agropecuaria, mediante polÃticas agropecuarias estatales. Sugerir la ampliación de las garantÃas de la propiedad agraria. Aportar en la viabilidad del Proceso de Saneamiento, cuidando que no exista el menoscabo de los derechos de todos sus actores.
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| Ubicación : |
TD346.0432/JAR |
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