| TÃtulo : |
Validez de la firma y el certificado digital en las transacciones realizadas por la internet y su implementación en la ley boliviana. |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Conzelmann Castellanos, Javier, Autor |
| Editorial: |
Tarija [BO] : UAJMS |
| Fecha de publicación: |
sep. 2002 |
| Número de páginas: |
96p |
| Il.: |
28cm |
| Precio: |
1.0 |
| Nota general: |
Incluye Bibliografía
Incluye Anexos
Tesis
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| Idioma : |
Español (spa) |
| Palabras clave: |
LEGISLACION-TRANSACCIONES POR INTERNET |
| Resumen: |
En la actualidad, los avances tecnológicos se suceden de una manera precipitada, inexorable, es por esto que la persona, el grupo, la nación que no corra paralela y armónicamente con estos, está destinado, a la mediocridad, el olvido, y el fracaso, hasta -en casos extremos- la desaparición. Quizá el más latente caso de crecimiento acelerado, sea el de la Internet, red de redes, con facilidades extremas para la comunicación, la información y el comercio en especial, lo demuestran las cifras, en el año de 1999, habÃa 50 millones de usuarios conectados a la red, con una tasa de crecimiento anual del 37 por ciento y un movimiento comercial de 43 billones de dólares en 1998, con una proyección de 1,3 trillones de dólares para el año de 2003. Ante semejante flujo económico, la legislación reguladora de este tipo de transacción (vÃa Internet), se hace vital para avanzar parejo al desarrollo tecnológico, para tener un cierto tipo de seguridad jurÃdica cuando se comercia electrónicamente, especialmente por que las transacciones electrónicas son cada vez mas impersonales, extra territoriales, y mecánicas, acabando prácticamente con los intermediarios; pero ¿cómo estar seguros de la identidad de la persona con la que uno está negociando?. Asimismo ¿cómo la otra persona está seguro de quienes somos? ¿de que el mensaje que enviamos llega entero, sin modificaciones, que no haya terceros que obstaculicen la transacción, y se eviten los fraudes?; Tecnológicamente existen medios para asegurar todo lo anteriormente mencionado, mediante la firma y los certificados electrónicos, que viajan por la red, codificados para ser virtualmente inviolables, a menos que se tenga la clave de acceso, clave que es proporcionada por las "entidades certificadoras", instituciones que existen en la Internet, y tienen la función de brindar firmas a los usuarios, y certificar ante terceros, la veracidad de la misma. En casi todos los paises industrializados, y en muchos paises latinoamericanos, existen ya leyes que regulan las transacciones por Internet en general, y el uso de firmas y certificados digitales en particular, asà como la creación de entidades certificadoras que actuán como "notarios" en varios de los paÃses, sin embargo en Bolivia, existe un completo silencio legal, un vacÃo que necesariamente tiene que llenarse, además, hay que tomar en cuenta que las transacciones vÃa Internet, se realizan a diario, por lo que una fuente principal de Derecho, la costumbre, está presente. Es de esta carestÃa, que surge este trabajo como una solución a un problema efectivo y latente, por lo que hay que actualizar la ley boliviana al contexto internacional y a la realidad en si.
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| Ubicación : |
TD340/CON |
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