| Título : |
Mecanismos jurídicos de crédito para sector agropecuario |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Apala Barriga, Marcos Antonio, Autor |
| Editorial: |
Tarija [BO] : UAJMS |
| Fecha de publicación: |
dic. 2006 |
| Número de páginas: |
86p |
| Il.: |
28cm |
| Precio: |
1.0 |
| Nota general: |
Incluye Bibliografía
Tesis
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| Idioma : |
Español (spa) |
| Palabras clave: |
CREDITO AGRICOLA |
| Resumen: |
(Sin resumen)Nuestra economia se ha visto incrementada con la economia informal, sin embargo Bolivia tienen extensas tierra sin cultivar por falta de recursos economicos porque los habitantes de las zonas rurales carecen de medios economicos, porque los agricultores necesitan de creditos, agrarios para hacer producir sus tierras y tener una situacion economica llevadera, para ello necesitan fondos economicos a fin de intervenirlos en la produccion agropecuaria, lo cual significaria proceso agricola por una parte, y por otra el desarrollo economico de este sector. Tanto en la produccion agricola, como en la economica de mercado, no solo esta interesado el agricultor, en realidad, es el interes de todos nosotros porque dependemos en gran medida de la produccion agricola, como medio de subsistencia para llenar nuestras necesidades humanas. Con el credito agrario acudiremos al auxilio del productor agopecuario, como tambien intensificaremos, y mejoraremos la competitividad economia de este sector. Las nuevas normas juridicas legales para otorgar, creditos agrarios, seran adoptados buscando nuevos lineamientos creditos bancarios, que ayuden al productor agropecuario, y asi de esta manera tener acceso a un financiamiento crediticio bancario, otorgado por la banca comercial, en terminos de una disminucion de costos transaccionales, pequeños, medianos y largos plazos, dependiendo del monto del credito, permitiendo a los productores agropecuarios ser sujetos de creditos aprovechando las propiedades dotadas por el estado. En agosto de 1993, año en el que se realizo la REFORMA AGRARIA, se dota al campesino de tierras, bajo el principio de "LA TIERRA ES DE QUIEN LA TRABAJA", y nuestra Constitucion Politica del Estado en su Art. 196º establece que el solar campesino y la pequeña propiedad son inembargables, dos connotaciones de proteccion al campesino importantes, sin embargo incompletas, ya que de nada sirve tener tierras, si estas no cumplen una funcion productiva. Por lo tanto, considero necesario que las tierras dotadas a los campesinos deben ser embargables, de esta forma este se capitaliza y no solo el, tambien el estado y la industria agricola. Ademas de que este tema ha sido elaborado con una cision tecnica, juridica, legal y financiera, y los datos recogidos de diferentes instituciones demuestran la necesidad que tiene el sector agropecuario, del credito agricola. Por lo tanto es prioritaria esta investigacion, pues repercutira en beneficio del productor agropecuario y del estado.
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| Ubicación : |
TD346.073/APA |
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