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Autor Miranda Ortega, Karen Fabiola
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Refinar búsqueda Consulta a fuentes externasLa extension del patrimonio familiar; la modificacion del articulo 31 del codigo de familia, como forma de estabilidad economica y social / Miranda Ortega, Karen Fabiola
Ubicación : TD346.015/MIR Autores: Miranda Ortega, Karen Fabiola, Autor TÃtulo : La extension del patrimonio familiar; la modificacion del articulo 31 del codigo de familia, como forma de estabilidad economica y social Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, jul. 2006, 101p Notas : Incluye Bibliografía
Tesis
Temas : DERECHO DE FAMILIA - EXTINSION DEL PATRIMONIO ,PATRIMONIO FAMILIAR - CONSTITUCION Resumen : (Sin Resumen) Introduccion.- La familia como nucleo natural del desarrollo colectivo, es la base de la solidaridad humana y de ayuda mutua, por tanto, juega un papel decisivo en el progreso del estado y en el fortalecimiento de la comunidad. Es por estas razones que el estado y la sociedad tienen el deber de proteger a la familia. Pero como protegerla si en el derecho boliviano la familia no goza de personalidad juridica. Pues se trata de que cada uno de los componentes de familia sea una persona; pero el grupo en si carece de personalidad, de existencia juridica, en el plano del derecho privado. La familia, por ende no puede ser sujeto de derechos u obligaciones (propietario, acreedora, deudora, etc.). La familia no existe de manera fisica porque hay en si una existencia mas elevada, es un todo, y no solamente una parte. Pero desde el punto de vista social, no puede negarse que la familia posea una existencia propia y que determinados bienes le sean necesarios para asegurar su subsistencia su continuidad. Y fue asi, que, despues de la primera guerra mundial y con el advenimiento de los derechos sociales el nucleo primario es elevado al plano constitucional. Reconocida la familia, no solo, se debe proteger a todos los integrantes de la misma, sino que tambien a su patrimonio. Es preciso asegurar un patrimonio suficiente para que puedan desarrollarse en condiciones dignas y humanas. La institucion del patrimonio familiar cumple a cabalidad el proposito, es por eso que tiene que darse mayor prioridad a esta institucion y mas aun, si se puede resolver algunos problemas de los que se presentan a diario, en los conflictos de la vida familiar. Un problema, por ejemplo es que la vivienda de hoy, no es ya solamente un lugar de reproduccion. (Albergues, descanso, reparacion de las fuerzas gastadas en el trabajo), sino que tambien es un lugar de produccion (taller almacen, venta). Las ciudades hoy en dia constituyen un importante escenario de creacion de nuevas formas productivas, de comercializacion y de servicios en pequeña escala, que son realizadas por la familia y que surgen de de forma alternativa a la limitada esfera del trabajo asalariado. Apoyandose en una base familiar utilizan al maximo las posibilidades del mercado laboral, constituyendo asi una porcion de la poblacion que ha generado espacios de trabajo. El patrimonio familiar establece el art. 31 del codigo de familia que corresponde un inmueble o una parte del mismo, destinado a la vivienda del propietario y de su familia. Pero consideramos que es restrictivo porque no considera las posibilidades de usar el inmueble constituido en patrimonio familiar corno negocio familiar. La doctrina provee para el sostenimiento de la familia ya no solamente la, vivienda si no, ademas, mediante la explotacion obtener frutos para la crianza, educacion de los hijos. Si el objeto del instituto es dejar un bien inalienable e inembargable, para que la familia no le falle lo elemental para su subsistencia entonces no hay razon, para limitar al inmueble destinado a vivienda, por que no hay ningun inconveniente, en contar con la participacion de un establecimiento mercantil (comercial o industrial), cuyos frutos sirvan para el sostenimiento del hogar o para la educacion y crianza los hijos tomando en cuenta que el patrimonio familiar no es practicado por la poblacion, al menos en la medida de las esperanzas que habian cifrado a la institucion. Pero tambien el hecho de que pocos habitantes se acojan a los beneficios de la ley, no puede llevar a aconsejar su derogacion, ni a justificar la indiferencia de los juristas. Sino mas bien propender a su mejoramiento, promulgado un conjunto de reformas y disposiciones legales que complementen y mejoren las ya existentes. Por estas razones se hace un analisis profundo de la institucion del patrimonio familiar, no solo de nuestra legislacion si no que tambien, trataremos de analizar la legislacion comparada en el primer capitulo. Por supuesto que se introducira profundamente, en el analisis del regimen legal del patrimonio familiar en el segundo capitulo. En el tercer capitulo, nos referimos a la vivienda en Tarija, y como, mas de 50 familias utilizan su inmueble para explotacion, mediante la tecnica de recoleccion de datos, corno es la entrevista, comprobando tales hechos y que tienen dos fines; el primero es de generar empleo y asi poder tener ingresos economicos para poder sustentar a la familia y el segundo, la utilizacion del espacio construido para la cohesion familiar. En el cuarto capitulo fundamentare mi propuesta utilizando la doctrina nacional como internacional y por supuesto se reforzara con la legislacion comparada. El proposito es crear un sistema tomando en cuenta la realidad de la pequeña industria y el artesano, para que consientan en algunos casos que el nacional como internacional y por supuesto se reforzara con el patrimonio se constituya sobre talleres y locales de industria reducida, explotados por una familia.
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 048752 TD346.015/MIR Tesis BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 5779^bBDER La extension del patrimonio familiar; la modificacion del articulo 31 del codigo de familia, como forma de estabilidad economica y social / Miranda Ortega, Karen Fabiola
Ubicación : TD346.015/MIR Autores: Miranda Ortega, Karen Fabiola, Autor TÃtulo : La extension del patrimonio familiar; la modificacion del articulo 31 del codigo de familia, como forma de estabilidad economica y social Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, jul. 2006, 101p Notas : Incluye Bibliografía
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Temas : DERECHO DE FAMILIA - EXTINSION DEL PATRIMONIO ,PATRIMONIO FAMILIAR - CONSTITUCION Resumen : (Sin Resumen) Introduccion.- La familia como nucleo natural del desarrollo colectivo, es la base de la solidaridad humana y de ayuda mutua, por tanto, juega un papel decisivo en el progreso del estado y en el fortalecimiento de la comunidad. Es por estas razones que el estado y la sociedad tienen el deber de proteger a la familia. Pero como protegerla si en el derecho boliviano la familia no goza de personalidad juridica. Pues se trata de que cada uno de los componentes de familia sea una persona; pero el grupo en si carece de personalidad, de existencia juridica, en el plano del derecho privado. La familia, por ende no puede ser sujeto de derechos u obligaciones (propietario, acreedora, deudora, etc.). La familia no existe de manera fisica porque hay en si una existencia mas elevada, es un todo, y no solamente una parte. Pero desde el punto de vista social, no puede negarse que la familia posea una existencia propia y que determinados bienes le sean necesarios para asegurar su subsistencia su continuidad. Y fue asi, que, despues de la primera guerra mundial y con el advenimiento de los derechos sociales el nucleo primario es elevado al plano constitucional. Reconocida la familia, no solo, se debe proteger a todos los integrantes de la misma, sino que tambien a su patrimonio. Es preciso asegurar un patrimonio suficiente para que puedan desarrollarse en condiciones dignas y humanas. La institucion del patrimonio familiar cumple a cabalidad el proposito, es por eso que tiene que darse mayor prioridad a esta institucion y mas aun, si se puede resolver algunos problemas de los que se presentan a diario, en los conflictos de la vida familiar. Un problema, por ejemplo es que la vivienda de hoy, no es ya solamente un lugar de reproduccion. (Albergues, descanso, reparacion de las fuerzas gastadas en el trabajo), sino que tambien es un lugar de produccion (taller almacen, venta). Las ciudades hoy en dia constituyen un importante escenario de creacion de nuevas formas productivas, de comercializacion y de servicios en pequeña escala, que son realizadas por la familia y que surgen de de forma alternativa a la limitada esfera del trabajo asalariado. Apoyandose en una base familiar utilizan al maximo las posibilidades del mercado laboral, constituyendo asi una porcion de la poblacion que ha generado espacios de trabajo. El patrimonio familiar establece el art. 31 del codigo de familia que corresponde un inmueble o una parte del mismo, destinado a la vivienda del propietario y de su familia. Pero consideramos que es restrictivo porque no considera las posibilidades de usar el inmueble constituido en patrimonio familiar corno negocio familiar. La doctrina provee para el sostenimiento de la familia ya no solamente la, vivienda si no, ademas, mediante la explotacion obtener frutos para la crianza, educacion de los hijos. Si el objeto del instituto es dejar un bien inalienable e inembargable, para que la familia no le falle lo elemental para su subsistencia entonces no hay razon, para limitar al inmueble destinado a vivienda, por que no hay ningun inconveniente, en contar con la participacion de un establecimiento mercantil (comercial o industrial), cuyos frutos sirvan para el sostenimiento del hogar o para la educacion y crianza los hijos tomando en cuenta que el patrimonio familiar no es practicado por la poblacion, al menos en la medida de las esperanzas que habian cifrado a la institucion. Pero tambien el hecho de que pocos habitantes se acojan a los beneficios de la ley, no puede llevar a aconsejar su derogacion, ni a justificar la indiferencia de los juristas. Sino mas bien propender a su mejoramiento, promulgado un conjunto de reformas y disposiciones legales que complementen y mejoren las ya existentes. Por estas razones se hace un analisis profundo de la institucion del patrimonio familiar, no solo de nuestra legislacion si no que tambien, trataremos de analizar la legislacion comparada en el primer capitulo. Por supuesto que se introducira profundamente, en el analisis del regimen legal del patrimonio familiar en el segundo capitulo. En el tercer capitulo, nos referimos a la vivienda en Tarija, y como, mas de 50 familias utilizan su inmueble para explotacion, mediante la tecnica de recoleccion de datos, corno es la entrevista, comprobando tales hechos y que tienen dos fines; el primero es de generar empleo y asi poder tener ingresos economicos para poder sustentar a la familia y el segundo, la utilizacion del espacio construido para la cohesion familiar. En el cuarto capitulo fundamentare mi propuesta utilizando la doctrina nacional como internacional y por supuesto se reforzara con la legislacion comparada. El proposito es crear un sistema tomando en cuenta la realidad de la pequeña industria y el artesano, para que consientan en algunos casos que el nacional como internacional y por supuesto se reforzara con el patrimonio se constituya sobre talleres y locales de industria reducida, explotados por una familia.
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