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5506 búsqueda de la palabra clave 'PENAL,LEGISLACION,BOLIVIA,DERECHO'
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Título : Código penal : código civil Tipo de documento: texto impreso Autores: Rojas Aguilar, Franz, Autor Editorial: La Paz [BO] : Codificación Banzer Fecha de publicación: 1976 Número de páginas: 335p Il.: 18cm Precio: 1.0 Idioma : Español (spa) Palabras clave: DERECHO PENAL,LEGISLACION,BOLIVIA,DERECHO CIVIL,BOLIVIA Ubicación : D345.053288/R714c Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 013368 D345.053288/R714c Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 1552^bBDER
Título : Acción penal y acción civil en Bolivia Tipo de documento: texto impreso Autores: Sedano Sánchez, Julia Rosario, Autor Editorial: Tarija [BO] : UAJMS Fecha de publicación: dic. 2007 Número de páginas: 72 p. Il.: 28 cm. Dimensiones: impreso Nota general: Incluye Bibliografía
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Maestría en DerechoIdioma : Español (spa) Palabras clave: PROCEDIMIENTO PENAL, DERECHO PROCESAL, DERECHO CIVIL – LEGISLACION (Bolivia) Resumen: La tendencia creciente de la criminalidad y la imposibilidad de una reparación efectiva del daño civil, es un hecho indiscutible. Esta realidad nos obliga a la búsqueda de soluciones apropiadas, tanto para prevenir el fenómeno delictivo, así como para atenuar sus consecuencias. Desde esta perspectiva, buscamos una posible solución en el desarrollo de cuatro capítulos.
En el Primer Capítulo, observamos el desarrollo de la reparación del daño causado por el delito, en distintos sistemas legales, partiendo desde Roma, y culminando en los antecedentes dejados por las antiguas culturas Latinoamericanas, así citamos a los Aztecas, Mayas e Incas, la víctima del delito era la figura central, toda vez que su orden legal establecido se basaba en la restitución al ofendido era la base principal para resolver los actos antisociales. La ejecución de una pena, podía depender de un pago, de una recompensa, o del perdón del ofendido.
Para afíanzar nuestra propuesta, utilizamos el método de derecho comparado, citando de manera particular a la legislación cubana y ecuatoriana, y de manera general legislaciones como la Argentina en cuanto a proyectos de ley considerados en algunos aspectos como el papel coadyuvante que debería tener el mismo en la reparación del daño, el cual nos ofrece variedad de soluciones y una perspectiva más amplia del objeto de estudio, en este caso la situación jurídica del ofendido.
Culminando nuestro análisis interpretativo, en base a un criterio doctrinal utilizado, en la búsqueda y reforzamiento de nuestra propuesta jurídica, misma que busca un resarcimiento civil efectivo, como medios efectivos de reparación de daños, en fin son nuevas vías que como señala el ilustre profesor. Albín Eser reflejan el "Renaissance" de la víctima en el derecho procesal penal. Sobre este último objetivo se ha planteado la posibilidad de que la determinación del monto que cubra la reparación del daño, sea prevista en la misma sentencia condenatoria dentro del proceso penal.Ubicación : M345.05/SED Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 065871 M345.05/SED Maestria BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 0765^bBC
Título : Alternativa a la pena privativa de libertad Tipo de documento: texto impreso Autores: Aguirre Cáceres, Nancy Carola, Autor Editorial: Tarija [BO] : UAJMS Fecha de publicación: feb. 2005 Número de páginas: 94 p. Il.: 28 cm. Dimensiones: impreso Nota general: Incluye Bibliografía
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Maestría en Ciencias Penales y CriminológicasIdioma : Español (spa) Palabras clave: DERECHO PENAL – LEGISLACION (Bolivia), COSA JUZGADA, LIBERTAD CONDICIONAL Resumen: SIN RESUMEN
INTRODUCCION. - El gran desarrollo de las ciencias sociales y de la conducta, unidos a los progresos tecnológicos en cuanto a la consideración del hombre han llevado a que la penología moderna determine que la pena sea finalista. Las tesis humanizadoras sobre los fines de la pena han dado lugar a la evolución del pensamiento rehabilitador y defensor de la corrección del sentenciado mediante su aplicación, que se orienta especialmente a la prevención especial, proponiendo .que ésta deje de constituir un castigo o una forma represiva del comportamiento humano, para convertirse en una forma de resocialización del delincuente, para lo cual la pena debe estar orientada hacia un proceso de rehabilitación capaz de devolverlo a la sociedad como un elemento útil y necesario.
La idea de rehabilitación del delincuente mediante la aplicación de la pena de prisión y lo que en términos modernos se conoce como resocialización, se pone en duda a partir de la profunda crisis que afecta a la pena privativa de libertad, especialmente porque la pena de prisión es inseparable de la creación de un mundo separado de la sociedad, que se rige por sus propias pautas de comportamiento y que genera un sistema de valores diferentes y relativamente autónomo, calificado de subcultura carcelaria, que trae aparejados los efectos negativos que implica la prisionización, con las consecuencias desocializadoras para los internos o recluidos, que suponen precisamente el efecto contrario al que se pretende perseguir. A pesar de ello, la sociedad no parece estar en condiciones de prescindir totalmente de la pena de prisión, especialmente por razones de prevención general. En la actualidad podemos afirmar que la prisión no cumple eficazmente con los fines de la pena en términos de prevención especial; que busca que el delincuente tome conciencia de su equivocada actitud y cambie su conducta resolviendo no reincidir ni cometer nuevos delitos, adoptando una moral nueva que controle las tendencias que. lo motivaron a delinquir, por el contrario, los altos índices de reincidencia nos demuestran que esta finalidad no se cumple y por otro lado en cuanto a la prevención general, se tiene que la pena de prisión no intimida al resto de la población, un claro ejemplo de ello es el incremento de la criminalidad que se ha venido produciendo en los últimos tiempos. Sin duda delito.
Si bien es cierto que la sociedad ha utilizado desde siempre instrumentos de control social contra aquellas conductas lesivas a su orientación y seguridad, también es cierto que el principal de ellos - la pena ha ido modificándose acorde con la evolución de las teorías dominantes. Hoy en día la Ciencia penal y la Criminología contemporáneas han excluido el carácter aflictivo, vengativo y represivo que antes las caracterizaba, surgiendo el fin de la "readaptación social del delincuente”.
La readaptación social del delincuente en la cárcel, figura admitida por nuestra legislación. penal, es un postulado si se quiere que hasta hoy no da resultado positivo por falta de infraestructura carcelaria y recursos para implementar el tratamiento penitenciario. El propósito de mejorar al delincuente dentro de la cárcel, está siendo cada vez más cuestionada por su ineficacia. El encierro de hombres y mujeres no los hace más buenos, además en esos albergues de ocio, mugre, promiscuidad, alcohol, droga, hacinamiento, hambre, en una palabra, de miseria, no es lugar para rehabilitar a una persona que ha incurrido en un delito. Resocializar significa recuperar para la sociedad, pero en la cárcel el sujeto no aprende a vivir en sociedad, sino a proseguir y aun perfeccionar su carrera criminal a través del contacto y las relaciones con otros delincuentes. La cárcel no intimida ni corrige y en ella el bueno se hace malo y el malo se hace peor. La prisión produce violencia en lugar de paz, alienación y desvaloriza la condición humana.
Esta tesis sugiere cierto tipo de medidas no privativas de libertad, sino rehabilitadoras, sin necesidad de encierro o régimen aislar deprimente, para sancionar delitos menores y no reincidentes (delincuentes primarios), tratando de evitar la prisión tradicional. Estas alternativas propuestas garantizan los derechos más elementales del sentenciado, derivando hacia el refuerzo de la confianza en el confianza en el individuo, no privándole de libertad, ni considerándolo un enemigo de la comunidad, más al contrario permitiéndoles permanecer en su entorno social, fomentando un comportamiento favorable al trabajo, desarrollando el sentido de responsabilidad social y manteniendo la prisión tradicional, sólo en los casos estrictamente necesarios a un número ínfimo de condenados que representen un real e inminente peligro social.Ubicación : M345.0773/AGU Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 065864 M345.0773/AGU Maestria BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 0757^bBC Análisis doctrinal y comparado de la fase intermedia en el proceso penal boliviano / Zelaya Villanueva, Pablo Reinaldo
Título : Análisis doctrinal y comparado de la fase intermedia en el proceso penal boliviano Tipo de documento: texto impreso Autores: Zelaya Villanueva, Pablo Reinaldo, Autor Editorial: Tarija [BO] : UAJMS Fecha de publicación: dic. 2007 Número de páginas: 117 p. Il.: 28 cm. Dimensiones: impreso Nota general: Incluye Bibliografía
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Maestría en Derecho Penal y CriminologíaIdioma : Español (spa) Palabras clave: DERECHO PENAL – LEGISLACION (Bolivia), SOBRESEIMIENTO Resumen: El tema de tesis elegido está relacionado al análisis doctrinal y comparado de la fase intermedia, es así que la doctrina y la práctica forense de las diversas legislaciones estudiadas delimitan con claridad y precisión cual es la verdadera función de esta etapa como tal, como no lo hace nuestra legislación en el Código de Procedimiento Penal.
La importancia de contar con esta fase radica en la posibilidad de, 1) objetar la acusación cuando a criterio del imputado no existan los suficientes elementos para llevarlo a juicio oral evitando un posible movimiento innecesario del tribunal y un descrédito público que pueda tener aquel y su familia; 2) revisar los requisitos de admisibilidad y procedibilidad del pliego acusatorio ya que en muchas oportunidades es el Ministerio Público quien califica inadecuadamente el delito o no hace referencia a la pertinencia de la prueba, de existir una audiencia preliminar durante esta fase se analizarán todos estos aspectos sumado a la interposición de excepciones e incidentes que pudieran sanear el proceso, lo que permitirá que de llegar a juicio oral se cumplan a cabalidad los principios rectores del sistema acusatorio, como es la celeridad y continuidad; 3) El sobreseimiento en la Ley 1970 está previsto como un acto conclusivo a cargo del ministerio público, sin embargo la doctrina muestra que se trata de una función jurisdiccional debido a que tiene los efectos de sentencia absolutoria y en ese marco de análisis debe ser el juez quien decida su aplicación.
En merito a los razonamientos expuestos, se tiene que es indispensable revalorar los alcances e importancia de los actos conclusivos de la etapa preparatoria, permitiendo que la fase intermedia cumpla su verdadera función de filtro y depuración de los actos conclusivos de la investigación.Ubicación : M345.009/ZEL Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 065865 M345.009/ZEL Maestria BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 0759^bBC Análisis jurídico sobre la pertinencia de la despenalización de figuras delictivas irrelevantes / Ruiz Martínez, Rosmery
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Título : Análisis jurídico sobre la pertinencia de la despenalización de figuras delictivas irrelevantes Tipo de documento: texto impreso Autores: Ruiz Martínez, Rosmery, Autor Editorial: Tarija [BO] : UAJMS Fecha de publicación: dic. 2007 Número de páginas: 98 p. Il.: 28 cm. Dimensiones: impreso Nota general: Incluye Bibliografía
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Maestría en Ciencias Penales y CriminológicasIdioma : Español (spa) Palabras clave: CRIMENES - REFORMA LEGAL, DERECHO PENAL – LEGISLACION (Bolivia) Resumen: El presente trabajo pretende demostrar que es indispensable readecuar los hechos tipificados como delitos en nuestro código penal boliviano, por cuanto se ha identificado que existen varias figuras delictivas irrelevantes que no hacen más que recargar un ordenamiento penal sustantivo. Creando un derecho administrativo Sancionador con penas alternativas a la privación de libertad.
Del estudio del código Penal boliviano se establece que casi todos los delitos contemplados como tales son sancionados condenas privativas de libertad, sin considerar que la libertad de las personas es un derecho humano, que solo debe ser restringido cuando se ha agotado medios o medidas que tiendan a reeducar al infractor de estas normas.
Estas penas de corta duración, da lugar a que los hechos sancionados con ellas queden impunes, puesto que el Código de Procedimiento penal ha previsto salidas alternativas para hechos de escasa relevancia social, permitiendo de este modo que las personas que han cometido estos hechos no cumplan ninguna sanción, ya que únicamente es indispensable para su procedencia la reparación del daño ocasionado, permitiendo de este modo que las finalidades de las penas no operen, puesto que las penas tienen como finalidad la prevención general y la especial.
Asimismo en caso de no optar por una salida alternativa, las penas de corta duración no permiten al delincuente una reeducación resocialización, por el contrario, la realidad de nuestras cárceles no permite la separación de los delincuentes de acuerdo a los hechos cometidos, pues existe un contagio delincuencial.
Asimismo, la despenalización de los hechos de escasa relevancia social, hará que tanto el órgano jurisdiccional como el Ministerio Publico y Policía Técnica Judicial, solo se avoquen a conocer e investigar hechos de gran relevancia social.
Del total de hechos ocurridos en nuestro Departamento desde enero de 2.007 a octubre de 2.007, se tiene que el 70% de los mismos son hechos de escasa relevancia social, en los cuales se aplico salidas alternativas como el Criterio de Oportunidad.Ubicación : M340.3/RUI Reserva
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44842_PRELIMINARESAdobe Acrobat PDF![]()
44842_RESUMENAdobe Acrobat PDFAnálisis de los principios constitucionales de Derecho penal: de legalidad y proporcionalidad como límites al poder punitivo del Estado / Gamboa Alba, Shirley
PermalinkPermalinkAplicación de la institución jurídica de la legitima defensa en los tribunales judiciales de Bolivia / Calderón Maldonado, Magali
PermalinkCircunstancias para la individualización judicial de la pena en nuestro país / Oliva Castrillo, Sergio Manuel
PermalinkPermalinkPermalinkPermalinkPermalinkLa congruencia entre acusación y sentencia dentro del sistema procesal penal boliviano / Portillo Vilte, Walter Javier
PermalinkPermalinkEl código penal y la necesidad de la descentralización de los delitos que merecen penas de privación de libertad breves / Chirinos Montoya, Paola
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