| Ubicación : | M345/UGA | | Autores: | Ugarte C. Jorge Ramiro, Autor | | TÃtulo : | El principio de exigibilidad a la luz del Derecho Penal Boliviano| Fuente : | Tarija [BO] : UAJMS, 2006, 100 p. | | Notas : | Incluye Bibliografía
Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas | | Temas : | DERECHO PENAL – LEGISLACION (Bolivia), JURISDICCION PENAL | | Resumen : | Para que la acción antijurídica descrita en la norma pueda considerarse culpable no basta que un sujeto capaz haya querido y previsto un evento lesivo, sino que además resulta indispensable que su voluntad haya podido determinarse libremente a la acción. Solo así le será exigible una conducta conforme a derecho.
El presente estudio se encuentra precisamente orientado al análisis de la faz negativa de la exigibilidad.
De esta manera, en lo esencial, en el primer capítulo desarrollamos lo referente a las posiciones doctrinales en la materia y al fundamento filosófico del instituto en cuestión. En el segundo capítulo nos ocupamos a su vez del desarrollo jurisprudencial, de la naturaleza del principio, presentando también algunos casos doctrinales. En el tercer capítulo nos dedicamos a la ubicación de la no exigibilidad dentro de la estructura del hecho punible y a su delimitación. Finalmente, en el último capítulo centramos nuestra atención en el estudio de la inexigibilidad de otra conducta en el derecho penal boliviano y a su importancia en otras ramas del derecho.
El método que hemos observado consiste en efectuar una exposición razonada de las diferentes posiciones doctrinales para luego adoptar una postura propia, ello, con la finalidad de hacer un aporte breve y práctico y no una investigación interminable y acaso estéril para el lector.
Cabe hacer notar que hemos encontrado dos grandes dificultades al realizar el presente trabajo: La escasa bibliografía y la gran división que existe en la doctrina sobre el tema. En efecto, los autores de habla hispana, salvo raras excepciones, omiten el tratar esta cuestión o se limitan a hacer comentarios breves. De otra parte, las traducciones de obras foráneas son algo escasas en nuestro medio. Además, frente a la no exigibilidad no puede hablarse de mayorías o de unanimidad en la doctrina, al contrario, parece ser que ante todas las posiciones posibles los penalistas se han escindido o fraccionado, cada quien con excelentes argumentos a su favor. De esta manera, se hizo muy complicada, pero al mismo tiempo más interesante nuestra labor....leer masleer menos | |
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