Ubicación : | M345.009/MEN | Autores: | Mendoza Ortiz, Edisa Dreidi, Autor | TÃtulo : | La protección a las vÃctimas en el código de procedimiento penal bolivianoFuente : | Tarija [BO] : UAJMS, dic. 2007, 104 p. | Notas : | Incluye Bibliografía
No Incluye CD-ROM
Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas | Temas : | DERECHO PENAL – LEGISLACION (Bolivia), ASISTENCIA A VICTIMAS | Resumen : | En la actualidad no se cuenta con una institución de Servicio y Atención Víctimas y Testigos, con un enfoque integral de la asistencia; considerando fundamentalmente aspectos psicológicos, sociales y jurídicos; así como la importancia de su colaboración en la investigación del hecho delictivo.
El ministerio público no cuenta con lugares adecuados, donde puedan acudir las víctimas de delitos, y poder recibir una ayuda y asistencia integral tanto para denunciar los hechos punibles, como para recibir orientación de un profesional, sea fiscal, médico forense la valoración psicosocial o psiquiátrica, y la ayuda psicosocial ante el trauma de haber sufrido violencia. Asistencia social y orientación para acceder a ayudas de otras organizaciones que cuenten con albergues, guarderías y otros apoyos para sus hijos o familiares.
No se presta una adecuada orientación, asesoría e información al ciudadano respecto a sus derechos el apoyo y protección que la justicia y el Ministerio Público pueden brindarle y asistirle. buscando reparar compensar y reducir el trauma y daño sufrido; y brindar un efectivo tratamiento a las víctimas de delitos.
Falta implementar servicios efectivos de protección a las víctimas de delitos, con tal eficiencia y cuidado que evite la SEGUNDA VICITIMIZACIÓN (Victimización secundaria) y que se puede reducir y reparar el daño y trauma social y la confianza en el sistema de administración de justicia y la seguridad ciudadana.
Falta implementar programas y servicios que eviten la movilización de todo un aparato de justicia. atendiendo imaginativamente los casos de faltas leves y los delitos de bagatela”, así como la solución de conflictos a través de la conciliación y asesoría especializada.
Falta una instancia de coordinación entre la Policía FELCC y el ministerio público que permita una inmediata atención y servicios a las víctimas" de acuerdo a los roles y funciones que le compete desempeñar a cada una de estas instituciones. Es importante también coordinar con las Defensorías (de la niñez, adolescentes, mujer, etc.), Alcaldías, Prefecturas y ONGs. Que tienen servicios y apoyos de carácter asistencial orientados a los niños, jóvenes, mujeres y población de bajos recursos.
Falta un modelo eficiente de investigación del delito, agilización de los procedimientos y un efectivo fortalecimiento de los operadores de justicia, que permitan implementar políticas preventivas en sectores sociales con mayores riesgos de victimización; para lo que se requiere contar con estudios y estadísticas confiables y oportunas.
Falta lograr que el acceso a los servicios de la justicia, sean más fáciles, expeditos en lugares agradables, confiables y sin tener que soportar malos tratos de los funcionarios y su escasa capacidad de comprensión de la situación de crisis y trauma de las víctimas de delitos.
Falta una institución similar a la Defensa Pública (presta asistencia gratuita a los acusados. imputados) que preste asistencia las víctimas sobre todo de escasos recursos económicos que por no poder contratar un buen abogado pasan del estatus de denunciantes; a victimas secundarias, gracias a las componendas jurídicas la ley del más fuerte y del que tiene mayores recursos económicos para distorsionar los hechos y "acomodar" la ley a sus intereses....leer masleer menos | |
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