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430 resultado(s) búsqueda de la palabra clave 'AGRARIO,PROCEDIMIENTO'
Refinar búsqueda Consulta a fuentes externasGuía de procedimientos de la judicatura agraria / Miranda Terán, Esteban
Ubicación : D347/M654g Autores: Miranda Terán, Esteban, Autor Título : Guía de procedimientos de la judicatura agraria Fuente : Sucre [BO] : Tribunal Agrario Nacional, 2004, 78p Temas : PROCEDIMIENTO AGRARIO Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 014347 D347/M654g Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 7255^cej. 1^bBDER 014345 D347/M654g Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 7256^cej. 2^bBDER 014346 D347/M654g Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 7257^cej. 3^bBDER 014344 D347/M654g Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 7258^cej. 4^bBDER Necesidad de una compatibilización del procedimiento agrario con las normas civiles en procesos interdictos / Jaramillo Gutiérrez, Genaro Leonardo
Ubicación : TD343.0763/JAR Autores: Jaramillo Gutiérrez, Genaro Leonardo, Autor Título : Necesidad de una compatibilización del procedimiento agrario con las normas civiles en procesos interdictos Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, abr. 2002, 134p Notas : Incluye Bibliografía
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Tesis
Temas : DERECHO AGRARIO,PROCEDIMIENTO CIVIL,PROCESOS INTERDICTOS,LEY INRA Resumen : La presente investigación surge de una ausencia de normas específicas que regulen la tramitación de los interdictos agrarios. Al no existir tales normas la tramitación de los interdictos agrarios se remite supletoriamente al procedimiento señalando en el código de procedimiento civil. Tomando en cuenta las diferencias que existe entre ambas ramas del derecho acerca de la posesión. Es de ahí que surge la necesidad de una compatibilización del procedimiento agrario con las normas civiles en procesos interdictos.
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 045316 TD343.0763/JAR Tesis BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 2591^bBDER Procedimientos agrarios / Palma Guardia, Gilberto
Ubicación : D347/P166p Autores: Palma Guardia, Gilberto, Autor ; Urioste Viera, José Armando, Autor Título : Procedimientos agrarios Fuente : 2a. ed Sucre [BO] : s.n, 2003, 169p Temas : PROCEDIMIENTO AGRARIO-TRIBUNAL AGRARIO Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 014618 D347/P166p Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 7243^bBDER ABC del nuevo procedimiento penal / Corzon, Juan Carlos
Ubicación : D345.05/C746a Autores: Corzon, Juan Carlos, Autor Título : ABC del nuevo procedimiento penal Fuente : La Paz [BO] : CIMA, 2001, 222 p. Temas : PROCEDIMIENTO PENAL, GARANTIAS CONSTITUCIONALES, JUICIO ORAL PUBLICO, LEGISLACION BOLIVIANA Resumen : Sumario : Garantías constitucionales. Etapa preparatoria. Actos iniciales de la denuncia. La querella. La víctima. Intervención policial preventiva. El agente encubierto y la entrega vigilada. Dirección funcional de la actuación policial. Desarrollo de la etapa preparatoria. Excepciones e incidentes. De la excusa y recusación. Conclusión de la etapa preparatoria. Impugnación al sobreseimiento. Salidas alternativas al juicio. Procedimiento abreviado. Juicio oral y público. Preparación del juicio. Constitución del tribunal de sentencia. Sustanciación del juicio. Requisitos de la declaración del imputado. Deliberación y sentencia. Recursos en el nuevo procedimiento penal...leer masleer menos Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 039160 D345.05/C746a Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 7321/BDER La acción civil en el proceso penal / Nuñez, Ricardo C
Ubicación : D345.05/N951a Autores: Nuñez, Ricardo C, Autor Título : La acción civil en el proceso penal Fuente : Córdoba [AR] : Córdoba, 1982, 232p Temas : PROCEDIMIENTO PENAL Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 012569 D345.05/N951a Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 1555^bBDER Acción penal y acción civil en Bolivia / Sedano Sánchez, Julia Rosario
Ubicación : M345.05/SED Autores: Sedano Sánchez, Julia Rosario, Autor Título : Acción penal y acción civil en Bolivia Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, dic. 2007, 72 p. Notas : Incluye Bibliografía
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Maestría en DerechoTemas : PROCEDIMIENTO PENAL, DERECHO PROCESAL, DERECHO CIVIL – LEGISLACION (Bolivia) Resumen : La tendencia creciente de la criminalidad y la imposibilidad de una reparación efectiva del daño civil, es un hecho indiscutible. Esta realidad nos obliga a la búsqueda de soluciones apropiadas, tanto para prevenir el fenómeno delictivo, así como para atenuar sus consecuencias. Desde esta perspectiva, buscamos una posible solución en el desarrollo de cuatro capítulos.
En el Primer Capítulo, observamos el desarrollo de la reparación del daño causado por el delito, en distintos sistemas legales, partiendo desde Roma, y culminando en los antecedentes dejados por las antiguas culturas Latinoamericanas, así citamos a los Aztecas, Mayas e Incas, la víctima del delito era la figura central, toda vez que su orden legal establecido se basaba en la restitución al ofendido era la base principal para resolver los actos antisociales. La ejecución de una pena, podía depender de un pago, de una recompensa, o del perdón del ofendido.
Para afíanzar nuestra propuesta, utilizamos el método de derecho comparado, citando de manera particular a la legislación cubana y ecuatoriana, y de manera general legislaciones como la Argentina en cuanto a proyectos de ley considerados en algunos aspectos como el papel coadyuvante que debería tener el mismo en la reparación del daño, el cual nos ofrece variedad de soluciones y una perspectiva más amplia del objeto de estudio, en este caso la situación jurídica del ofendido.
Culminando nuestro análisis interpretativo, en base a un criterio doctrinal utilizado, en la búsqueda y reforzamiento de nuestra propuesta jurídica, misma que busca un resarcimiento civil efectivo, como medios efectivos de reparación de daños, en fin son nuevas vías que como señala el ilustre profesor. Albín Eser reflejan el "Renaissance" de la víctima en el derecho procesal penal. Sobre este último objetivo se ha planteado la posibilidad de que la determinación del monto que cubra la reparación del daño, sea prevista en la misma sentencia condenatoria dentro del proceso penal....leer masleer menosReserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 065871 M345.05/SED Maestria BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 0765^bBC Acto y procedimiento administrativo / Abad Hernando, Jesús L
Ubicación : D342.066/A114a Autores: Abad Hernando, Jesús L, Autor Título : Acto y procedimiento administrativo Fuente : Buenos Aires [AR] : Plus Ultra, 1975, 198p Temas : PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO,ARGENTINA Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 012009 D342.066/A114a Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 1260^bBDER Agricultura y alimentación / FAO
Ubicación : 614.3/F168a Autores: FAO, Autor Título : Agricultura y alimentación Fuente : Roma [IT] : Organizacion de las Naciones Unidas, 1978, pag. var, Vol. 27 Notas : Incluye bibliografía Temas : DERECHO AGRARIO,LEGISLACION,ALIMENTOS,LEGISLACION Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 029719 614.3/F168a Libro BIBLIOTECA AGRICOLAS Y FORESTALES Seccion Unica Disponible 0676^vvol. 27^bBAYF Ampliación de las atribuciones del juez agrario para conocer el proceso de desalojo / Bustillo Fernández, Carlos
Ubicación : TD347.014/BUS Autores: Bustillo Fernández, Carlos, Autor Título : Ampliación de las atribuciones del juez agrario para conocer el proceso de desalojo Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, nov. 2002, 82p Notas : Incluye Bibliografía
Tesis
Temas : JUEZ AGRARIO Resumen : El presente trabajo tiene el propósito de realizar aportes jurídicos con el objeto de lograr, primero, de ampliar las atribuciones del Juez Agrario y conocer los Procesos de Desalojo en todo el Territorio Nacional, que es necesario en las relaciones entre los propietarios rurales y los trabajadores del agro, cuyo anuncio de reglamentación se halla expresado en el capítulo de las Disposiciones Finales de la Ley No. 1715 del 18 de Octubre de 1996 (LEY INRA). En segundo lugar, me inspira el propósito de obtener que el Estado Nacional, a través del Congreso de la República, apruebe la Ley que regule el proceso Agrario de Desalojo Rural. Proceso que hasta antes de la dictación de la Ley Fundamental de Reforma Agraria del 2 de Agosto de 1953, tenía plena vigencia y aplicabilidad en el territorio Nacional. El presente trabajo de tesis esta dividido en V CAPITULOS, los mismos que se encuentran enunciados de la siguiente manera: El capítulo I y II, nos habla de los antecedentes históricos y las diversas disposiciones de la Reforma Agraria Boliviana, dentro del marco teórico doctrinario, abarcando los principios y objetivos que sustentan la Ley. En el capítulo III, se examina las diferentes teorías de la propiedad Agraria, tipos de Propiedad. En cambio en el Capítulo IV, se analiza a la Ley INRA., de una manera global , sus objetivos, las garantías a la propiedad rural, los aspectos positivos y negativos de la Ley antes mencionada. El tema del Desalojo Rural está expresado en el Capítulo V del presente trabajo, también existen algunas ideas para que sean tomadas en cuenta en la futura Ley de Desalojo, ideas que son aportes para el desarrollo jurídico de la ciencia del Derecho. El presente trabajo termina con las conclusiones, recomendaciones, proyecto de Ley, Anexos y las debidas encuestas con sus respectivos porcentajes.
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 045919 TD347.014/BUS Tesis BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 3320^bBDER Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata / Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Ubicación : D347/F132a Autores: Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Autor Título : Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata Fuente : La Plata [AR] : Universitaria, 1965, 437p, vol. 24 Temas : PROCEDIMIENTO CIVIL Ejemplares
Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 020702 D347/F132a Libro BIBLIOTECA CENTRAL AREA CIENCIAS ECONOMICAS Y CIENCIAS SOCIALES Excluido de préstamo 5404¡BAJA!^vvol. 24^bBDER Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata / Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Ubicación : D347/F132a Autores: Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Autor Título : Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata Fuente : La Plata [AR] : Universitaria, 1966, 338p, vol. 25 Temas : PROCEDIMIENTO CIVIL Ejemplares
Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 020701 D347/F132a Libro BIBLIOTECA CENTRAL AREA CIENCIAS ECONOMICAS Y CIENCIAS SOCIALES Excluido de préstamo 5405¡BAJA!^vvol. 25^bBDER Análisis del principio Non bis in iden adecuación de nuestra normativa penal respecto a este principio / Rueda Soliz, Marcia Milenka
Ubicación : M345.04/RUE Autores: Rueda Soliz, Marcia Milenka, Autor Título : Análisis del principio Non bis in iden adecuación de nuestra normativa penal respecto a este principio Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, nov. 2007, 47 p. Notas : Incluye Bibliografía
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Maestría en Ciencias Penales y CriminológicasTemas : PROCEDIMIENTO PENAL – LEGISLACION (Bolivia), JURISDICCION PENAL, CULPA JURIDICA Resumen : SIN RESUMEN
INTRODUCCION. - La justicia, un valor, un sueño, un ideal, sin temor a equivocarme puedo aseverar: que más de uno ha intentado definir a cabalidad lo que es la justicia, sin embargo nadie a logrado tal hazaña, y es que lo que es justo para unos no lo es para otros, porque la justicia se presenta y cambia con cada hecho y en cada persona; sin embargo por mas vano que parezca nuestro esfuerzo por definirla, cada día somos más y más los que trabajamos y luchamos por alcanzarla, algunos desde las trincheras, como litigantes, en busca de alcanzar la justicia para nuestros patrocinados; otros nos esforzamos desde los tribunales, siendo cautos y muy responsables al momento de valorar las pruebas que las partes nos hacen presentes, todo a fin de emitir un criterio que sea Justo para las partes, aunque lamentablemente dicho fallo siempre parecerá injusto para una de las partes, la que se sienta perdidosa; luego el tercer campo de batalla y sin desmerecer a los otros dos anteriores, pero sin lugar a dudas el más importante de todos, me refiero al de los legisladores, debido a que del trabajo y esfuerzo que pongamos al momento de la formulación de una nom1a dependerán las posibilidades de los litigantes y magistrados para alcanzar la justicia.
Sin embargo y por más que nos cueste aceptarlo, pese a todos los esfuerzos que se han hecho, que hacemos y que hagamos, siendo sensatos y honestos con nosotros mismos, solo nos queda aceptar que la definición que aparentemente es la más sencilla de todas, se torna en la más cabal para lo que debemos entender por Justicia, me refiero a que el dar a cada. quien lo que le corresponde, sin lugar a objeción de ninguna naturaleza es lo justo, el hecho de determinar qué y en qué medida le corresponde a cada quien es otra cuestión, pero que la idea de otorgar lo que le corresponde a cada persona parece se muestra como la concepción más adecuada para justicia.
Ahora bien, son todos estos motivos los que generan mi inquietud para emprender el presente trabajo, y es que pese a que la actual Constitución Política del Estado establece que "Nadie puede ser condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado previamente en proceso legal' “, considerando que el principio NON BIS IN IDEM se constituye en uno de los principales pilares para la edificación de la justicia y que la ausencia de éste se constituiría en una afronta además en contra del principio de legalidad en el ámbito material y procesal, que el hecho de no existir una mención expresa a éste principio no constituye un desconocimiento del mismo, por el contrario, la Constitución Política del Estado de Bolivia establece que "Las declaraciones, derechos y garantías que proclama esta. Constitución no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enunciados ...” vale decir, que el hecho de que éste principio no esté contenido en el Derecho positivo, no quiere que sea desconocido, en el ordenamiento jurídico de muchos estados si bien no se encuentra expresamente regulado, se constituye un principio inmanente de Derecho y en consecuencia de observancia obligatoria
Lamentablemente, observamos que en la legislación boliviana, más propiamente en el artículo 36 de Código Penal, se produce una duplicidad de sanciones, la que se observa en la situación hipotética de un funcionario público es objeto de un proceso administrativo interno en el cual se encuentra responsabilidad administrativa y penal, se procederá a sancionar administrativamente al funcionario por sus faltas, todo según lo establecido por la Ley 1178, y el Sumariante procede a remitir antecedentes de Zas actuaciones al Ministerio Público, para que esté órgano prosiga con la investigación penal, y en definitiva el funcionario público se someterá a un nuevo proceso, este de naturaleza penal pero por el mismo hecho y las mismas circunstancias y en aplicación del artículo 36 del Código Penal, además de imponérsele una sanción penal, deberá penárselo con una inhabilitación especial que entrará en vigencia después del cumplimiento de la pena principal, es decir se procederá a la aplicación de una segunda sanción, la que se constituye en una doble penalidad administrativa, pues el individuo antes del ingreso al proceso penal, fue objeto de un proceso administrativo interno y el consecuente sancionamiento en dicha área; y en franca violación al principio objeto del estudio, y consecuencia, del proceso penal, se le estaría imponiendo· una segunda sanción administrativa, la inhabilitación especial para el ejercicio de una función por un tiempo determinado.
Como lo hemos indicado anteriormente el principio NON BIS IN IDEM, constituye una garantía del derecho al debido proceso, correspondiendo hacer presente además que, este principio en la situación previamente planteada se constituye en objeto de ultrajes en sus dos dimensiones, la procesal, ya que el individuo es objeto de dos procesos, el primero en la vía administrativa ante un Sumariante y el segundo en la vía penal ante un Tribunal, hechos que por si fuera poco dan lugar a la violación de la segunda dimensión del Principio de NON BIS INIDEM, me refiero a la aplicación de sanciones en ambas instancias, la administrativas y la penal administrativa, existiendo en ambas situaciones identidad de sujetos, hechos y fundamentos.
Guillermo Cabanellas indica que la locución latina "non bis in idem ", en materia penal significa que no cabe aplicar dos sanciones por una misma infracción, ni acusar segunda vez por igual hecho, a no mediar nuevas pruebas y dentro de gran, limitación; de ello se entiende que el principio se constituye en una doble garantía, la procedimental que precautela que la persona no sea sujeta a dos procesos por un mismo hecho; y la garantía punitiva, a razón de evitar que el sujeto sea objeto de los
sola conducta, salvo claro está, que las condiciones en las por las cuales se haya sancionado o acusado por circunstancias o hechos diferentes al que origino su primer procesamiento y/o sancionamiento....leer masleer menosReserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 065987 M345.04/RUE Maestria BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 0758^bBC 066068 M345.04/RUE Maestria BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 0917^bBC Análisis a la facultad otorgada a los fiscales de dictar el sobreseimiento en el actual código de procedimiento penal / López Auza, Julio Cesar Ferdy
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Ubicación : M345.05/LOP Autores: López Auza, Julio Cesar Ferdy, Autor Título : Análisis a la facultad otorgada a los fiscales de dictar el sobreseimiento en el actual código de procedimiento penal Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, dic. 2007, 119 p. Notas : Incluye Bibliografía
Incluye CD-ROM
Maestría en Ciencias Penales y CriminologicasTemas : PROCEDIMIENTO PENAL, JURISDICCION PENAL – LEGISLACION, FISCALES Resumen : El presente trabajo nos demuestra que la facultad de los Fiscales en Bolivia de dictar el sobreseimiento en los actos conclusivos de la etapa preparatoria constituye una duplicidad de funciones y una violación al principio de igualdad en virtud a que por una parte el Fiscal realiza una función investigativa constituyéndose en el director de la investigación en los delitos penales de orden público y por otra parte cumple una función jurisdiccional al decretar el sobreseimiento cuando resulté que el hecho no existió, que no constituye delito o que el imputado no participó en él y cuando estime que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar acusación, consideramos que esta facultad otorgada a los fiscales se asemeja a la sentencia absolutoria decretada por el Juez o Tribunal de la causa en mérito a que una vez ratificada por el Fiscal de Distrito pone fin al proceso e impide un nuevo proceso penal por el mismo hecho , además esta prerrogativa vulnera el principio de igualdad de las partes en el proceso por concentrar en un solo órgano la condición de (Juez y Parte), esta situación no se presente en otras legislaciones que separan claramente los actos investigativos de los jurisdiccionales es decir en las diferentes legislaciones analizadas podemos apreciar que el Fiscal requiere el sobreseimiento al Juez de la Causa y este quien emite el sobreseimiento mediante auto fundamentado limitando de esta manera al fiscal a una tarea meramente investigativa, por lo que con el presente trabajo procuramos demostrar que es importante implementar una nueva dinámica al Código de Procedimiento Penal Boliviano otorgando al fiscal cuando concluya la investigación la facultad de requerir al Juez de Instrucción de manera fundamentada el sobreseimiento cuando resulte que el hecho no existió, que no constituye delito o que el imputado no participó en él y cuando estime que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar la acusación, solo de esta manera el sobreseimiento podrá ser impugnado ante el Órgano Jurisdiccional, de esta manera se podrá cumplir el verdadero espíritu del Código de Procedimiento Penal Boliviano que por una parte pretende separar los actos investigativos de los jurisdiccionales y por otra quiso dejar en manos del Órgano Jurisdiccional las decisiones de mayor trascendencia para todos los intervinientes en el proceso, en pos de preservar el principio de igualdad. ...leer masleer menos Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 065878 M345.05/LOP Maestria BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 0775^bBC Documentos electrónicos
44804_PRELIMINARESAdobe Acrobat PDF
44804_RESUMENAdobe Acrobat PDF
44804_MARCO TEORICOAdobe Acrobat PDF
44804_BIBLIOGRAFIAAdobe Acrobat PDF
44804_ANEXOSAdobe Acrobat PDFAnálisis de la función social de la propiedad agraria en nuestra legislación y proyecto para que su verificación sea por los jueces agrarios / Janco Choque, Ruben Carlos
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Ubicación : T343.076/JAN Autores: Janco Choque, Ruben Carlos, Autor Título : Análisis de la función social de la propiedad agraria en nuestra legislación y proyecto para que su verificación sea por los jueces agrarios Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, dic., 2011, 85 p. Notas : Incluye Bibliografía
Incluye CD-ROMTemas : DERECHO AGRARIO - BOLIVIA, PROPIEDAD AGRARIA, DERECHO AGRARIO, TIERRAS COMUNITARIAS - FUNCION SOCIAL Resumen : SIN RESUMEN
INTRODUCCIÓN
La Ley Nº 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria de 18 de octubre de 1996, en su artículo 3 parágrafo IV, con base en la norma constitucional del artículo 393, señala:
La mediana propiedad y la propiedad empresarial, reconocidas por la Constitución Política del Estado y la ley, gozan de la protección del Estado, en tanto cumplan una función económico-social y no sean abandonadas, conforme a las previsiones de esta ley. Cumplidas estas condiciones, el Estado garantiza plenamente el ejercicio del derecho propietario, en concordancia con lo establecido en el parágrafo I del presente articulo.
La Ley de Reforma Agraria del 52, establecía las compras y las ventas de los terrenos agrarios, la Ley INRA permite la venta de cualquier extensión de tierra a cualquier persona y sin necesidad de autorización del Instituto Nacional de Reforma Agraria.
Anteriormente estas debían darse entre compañeros campesinos de la zona principalmente y nunca en grandes extensiones de tierras. Por ejemplo un compañero campesino podía vender unas cuantas hectáreas a otra persona, pero estaba prohibido que esa persona compre grandes extensiones de tierras de varios compañeros campesinos y se convierta en un nuevo patrón o latifundista, lo que hoy en día es considerada por la actual Constitución Política del Estado y puesta a disposición y consideración de la población, llevándolo a un Referéndum para que este sea quien establezca sobre la cantidad de extensión que debe tener un productor.
La Ley INRA, es sumamente complicada y difícil de entender, peor aun con las diferentes modificaciones que se hicieron con la actual Ley y en el marco de la Constitución Política del Estado, que fue aprobada en el seno de la Asamblea Constituyente. Para tal situación esta Ley se debe analizarla con mucho cuidado para poder tener una mejor comprensión e interpretación.
Creemos que los artículos 13 numeral 8, 16 numeral 4 de la Ley Nº 1715, que señalan que corresponde a la Comisión Agraria Nacional y a las Comisiones Agrarias Departamentales ejercer control social sobre el incumplimiento de la función económico-social, así como el articulo 26 numeral 4 del mismo cuerpo legal que dispone que es atribución de la Superintendencia Agraria denunciar la expropiación de tierras, sea de oficio o a solicitud de las Comisiones Agrarias Departamentales y la Comisión Agraria Nacional por incumplimiento de la función económico-social, son las que dan pie a sostener que esta verificación le corresponde exclusivamente al Instituto Nacional de Reforma Agraria, con lo cual no estamos de acuerdo, por lo que podemos concluir que el problema de investigación propuesto existe realmente y que además es un asunto que exige ser debidamente solucionado.
Por ello conforme a lo establecido en nuestra legislación vigente, la verificación de la función económico-social es también una atribución de los jueces agrarios en las acciones para garantizar el ejercicio del derecho propietario; así por lo que estas deben ser consideradas por los mismos, ya que tienen competencia para calificar el cumplimiento o incumplimiento de la función económico-social de la propiedad.
La interpretación de esta norma nos lleva a asegurar que la condición para que estas dos clases de propiedades- únicas a quienes se exige el cumplimiento de la función económico-social-, gocen de la protección del Estado, y que los derechos de sus propietarios sean garantizados, es que cumplan la función económico-social; sin embargo, surge la duda acerca de si el órgano jurisdiccional- por intermedio de los jueces agrarios- puede verificar el cumplimiento o el incumplimiento de la función económico-social, y si fuese posible, bajo que parámetros.
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 050661 T343.076/JAN Tesis BIBLIOTECA CENTRAL Seccion Unica Disponible 6669 Documentos electrónicos
34016_PreliminaresAdobe Acrobat PDF
34016_ResumenAdobe Acrobat PDF
34016_Marco TeóricoAdobe Acrobat PDF
34016_BibliografíaAdobe Acrobat PDFAnalisis de la ley Inra, sus alcances con la ley 3545, sus efectos en el minifundio y latifundio, como principal fundamento del problema de tierras / Duran Lizarraga, Lilian Margaret
Ubicación : TD343.076/DUR Autores: Duran Lizarraga, Lilian Margaret, Autor Título : Analisis de la ley Inra, sus alcances con la ley 3545, sus efectos en el minifundio y latifundio, como principal fundamento del problema de tierras Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, jun. 2009, 144p Notas : Incluye Bibliografía
Tesis
Temas : DERECHO AGRARIO - LEY INRA,TENENCIA DE TIERRAS - MINIFUNDIO Y LATIFUNDIO ,DESARROLLO RURAL Resumen : Uno de los grandes problemas que enfrenta aun nuestro pais se encuentra focalizado en el area rural. La cuestion agraria ya no puede ser sintetizada, exclusivamente, en el viejo problema de la tierra. en efecto, si ayer en Latinoamerica, el problema del indio era el problema de la tierra, en nuestro tiempo, de una asombrosa revolucion cientifico-tecnologica y de globalizacion de la economia mundial, la cuestion es el problema de la tierra y de la habilitacion del campesino para incorporarse, a un proceso de produccion que le permita no solo satisfacer sus necesidades familiares elementales sino tambien participar gradualmente en un proceso de produccion agro-industrial que le beneficie directamente. En el plano historico, durante la republica, la medida mas importante en materia agraria constituye sin duda, la reforma agraria de 1953, que si bien abolio el trabajo servidumbral y afectaron en la zona occidental a los latifundios, no pudo evitar que el proceso de dotacion de tierras condujera con el tiempo a un alarmante fenomeno de minifundizacion de las tierras y tampoco pudo eliminar siquiera en parte el problema del latifundio en la extensa zona tropical y subtropical. Ambos extremos, el minifundio altiplanico y de los valles, el latifundio del norte y oriente del territorio patrio, constituyen factores de atraso que se oponen al avance del pais. La reforma agraria, promulgada en ucureña por decreto- ley nº 3464 de 2 de agosto de 1953 elevado a rango de ley el 29 de octubre de 1958, instituye el trabajo como fuente basica del derecho, en los modos de adquirir y conservar la propiedad de la tierra, enunciado que coexiste con otros principios juridicos como ser: el derecho originario de la nacion, la funcion social de la propiedad, el reconocimiento del derecho de propiedad privada, el dominio publico y el derecho patrimonial del estado. El postulado politico juridico la tierra es de quien la trabaja, consagrado como el mas importante de la reforma del 53, encontro su inspiracion en la bandera de lucha de los campesinos mexicanos que obtuvieron su reconocimiento en la constitucion de queretaro en 1917 y posteriormente ese mismo postulado fue tambien adoptado (28 de junio de 1950) como fundamento de la reforma agraria china. La constitucion boliviana de 1961, que introdujo en su texto los principios de la revolucion agraria, recogio ese postulado en los siguientes terminos: el trabajo es la fuente fundamental para la adquisicion y conservacion de la propiedad agraria, y se establece el derecho del campesino a la dotacion de tierras (art. 166). Concordante con el art. 77 de la ley fundamental de reforma agraria (anterior). Este postulado fundamental (trabajo) de la reforma agraria corre el riesgo de mantener estancada la agricultura nacional y la pobreza campesina, si no es complementada con medidas estructurales propias de lo que podria constituir una reforma agraria integral. Por eficaz que sea o haya sido la garantia otorgada por la ley 1715 a la propiedad de la tierra del campesino, no basta ella para asegurar el despegue del desarrollo rural. Hoy mas que nunca tiene vigencia el postulado de la reforma agraria integral, la cual para el caso boliviano significa la necesidad imperiosa de creditos, educacion y asistencia tecnica junto a la organizacion y seguridad en el mercado. Significa tambien la multiplicacion de redes infraestructurales: caminos, depositos, locales escolares, centros de investigacion agricola, especialmente en el campo de la genetica, y de manera inevitable, la organizacion de empresas agropecuarias cooperativas de los propios campesinos, y su incorporacion a la industria agropecuaria. es verdad que la ley 1715 del servicio nacional de reforma agraria, publicada el 18 de octubre de 1996, establece claramente disposiciones que protegen a los pequeños propietarios, a los dueños de solares campesinos, a los comunarios de origen, a los sujetos de propiedades comunarias y a los pueblos de comunidades indigenas (art. 3 paragrafos 2 y 3; art. 41 paragrafo i, parrafos 1,2,5; art. 42, paragrafo ii; art. 43, parrafo 3; art. 53 primer parrafo), cuyas disposiciones ya se encontraban plasmadas en la ley 3464. A aquellas disposiciones debe añadirse la exencion de impuestos a la propiedad agraria establecida en el paragrafo iii del art. 4 de la ley inra. Cabe preguntar si todas estas normas son suficientes, en el plano estrictamente juridico para resolver el complejo problema de la tenencia de la tierra, pero tambien se connota que con la promulgacion de la ley 3545, esta contrapone en gran parte a la ley 1715, perjudicando de manera precisa a los minifundistas y peor aun a los latifundistas.
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 048761 TD343.076/DUR Tesis BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 5727^bBDER Analisis de la ley Inra, sus alcances con la ley 3545, sus efectos en el minifundio y latifundio, como principal fundamento del problema de tierras / Duran Lizarraga, Lilian Margaret
Ubicación : TD343.076/DUR Autores: Duran Lizarraga, Lilian Margaret, Autor Título : Analisis de la ley Inra, sus alcances con la ley 3545, sus efectos en el minifundio y latifundio, como principal fundamento del problema de tierras Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, jun. 2009, 144p Notas : Incluye Bibliografía
Tesis
Temas : DERECHO AGRARIO - LEY INRA,TENENCIA DE TIERRAS - MINIFUNDIO Y LATIFUNDIO ,DESARROLLO RURAL Resumen : Uno de los grandes problemas que enfrenta aun nuestro pais se encuentra focalizado en el area rural. La cuestion agraria ya no puede ser sintetizada, exclusivamente, en el viejo problema de la tierra. en efecto, si ayer en Latinoamerica, el problema del indio era el problema de la tierra, en nuestro tiempo, de una asombrosa revolucion cientifico-tecnologica y de globalizacion de la economia mundial, la cuestion es el problema de la tierra y de la habilitacion del campesino para incorporarse, a un proceso de produccion que le permita no solo satisfacer sus necesidades familiares elementales sino tambien participar gradualmente en un proceso de produccion agro-industrial que le beneficie directamente. En el plano historico, durante la republica, la medida mas importante en materia agraria constituye sin duda, la reforma agraria de 1953, que si bien abolio el trabajo servidumbral y afectaron en la zona occidental a los latifundios, no pudo evitar que el proceso de dotacion de tierras condujera con el tiempo a un alarmante fenomeno de minifundizacion de las tierras y tampoco pudo eliminar siquiera en parte el problema del latifundio en la extensa zona tropical y subtropical. Ambos extremos, el minifundio altiplanico y de los valles, el latifundio del norte y oriente del territorio patrio, constituyen factores de atraso que se oponen al avance del pais. La reforma agraria, promulgada en ucureña por decreto- ley nº 3464 de 2 de agosto de 1953 elevado a rango de ley el 29 de octubre de 1958, instituye el trabajo como fuente basica del derecho, en los modos de adquirir y conservar la propiedad de la tierra, enunciado que coexiste con otros principios juridicos como ser: el derecho originario de la nacion, la funcion social de la propiedad, el reconocimiento del derecho de propiedad privada, el dominio publico y el derecho patrimonial del estado. El postulado politico juridico la tierra es de quien la trabaja, consagrado como el mas importante de la reforma del 53, encontro su inspiracion en la bandera de lucha de los campesinos mexicanos que obtuvieron su reconocimiento en la constitucion de queretaro en 1917 y posteriormente ese mismo postulado fue tambien adoptado (28 de junio de 1950) como fundamento de la reforma agraria china. La constitucion boliviana de 1961, que introdujo en su texto los principios de la revolucion agraria, recogio ese postulado en los siguientes terminos: el trabajo es la fuente fundamental para la adquisicion y conservacion de la propiedad agraria, y se establece el derecho del campesino a la dotacion de tierras (art. 166). Concordante con el art. 77 de la ley fundamental de reforma agraria (anterior). Este postulado fundamental (trabajo) de la reforma agraria corre el riesgo de mantener estancada la agricultura nacional y la pobreza campesina, si no es complementada con medidas estructurales propias de lo que podria constituir una reforma agraria integral. Por eficaz que sea o haya sido la garantia otorgada por la ley 1715 a la propiedad de la tierra del campesino, no basta ella para asegurar el despegue del desarrollo rural. Hoy mas que nunca tiene vigencia el postulado de la reforma agraria integral, la cual para el caso boliviano significa la necesidad imperiosa de creditos, educacion y asistencia tecnica junto a la organizacion y seguridad en el mercado. Significa tambien la multiplicacion de redes infraestructurales: caminos, depositos, locales escolares, centros de investigacion agricola, especialmente en el campo de la genetica, y de manera inevitable, la organizacion de empresas agropecuarias cooperativas de los propios campesinos, y su incorporacion a la industria agropecuaria. es verdad que la ley 1715 del servicio nacional de reforma agraria, publicada el 18 de octubre de 1996, establece claramente disposiciones que protegen a los pequeños propietarios, a los dueños de solares campesinos, a los comunarios de origen, a los sujetos de propiedades comunarias y a los pueblos de comunidades indigenas (art. 3 paragrafos 2 y 3; art. 41 paragrafo i, parrafos 1,2,5; art. 42, paragrafo ii; art. 43, parrafo 3; art. 53 primer parrafo), cuyas disposiciones ya se encontraban plasmadas en la ley 3464. A aquellas disposiciones debe añadirse la exencion de impuestos a la propiedad agraria establecida en el paragrafo iii del art. 4 de la ley inra. Cabe preguntar si todas estas normas son suficientes, en el plano estrictamente juridico para resolver el complejo problema de la tenencia de la tierra, pero tambien se connota que con la promulgacion de la ley 3545, esta contrapone en gran parte a la ley 1715, perjudicando de manera precisa a los minifundistas y peor aun a los latifundistas.
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 048839 TD343.076/DUR Tesis BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 5727^bBDER Análisis de la prueba / Anderson, Terence
Ubicación : D347.06/A566a Autores: Anderson, Terence, Autor ; Schum, David, Autor ; Twining, William, Autor Título : Análisis de la prueba Fuente : Madrid [ES] : Marcial Pons, 2015, 463 p. Notas : Incluye Bibliografía Temas : DERECHO,PROCEDIMIENTO Y TRIBUNALES CIVILES,PRUEBA Resumen : Contenido: 1. Prueba e inferencia. Materiales para la reflexión. 2. La investigación de los hechos y la naturaleza de la prueba. 3. Principio s de la prueba. 4. Métodos de análisis. 5. El método de esquema. 6. Listados, cronologías y narración. 7. Analizando el caso decidido: Anatomía de una causa célebre. 8. Evaluando la prueba. 9. Probabilidades, peso y fuerza probatoria. 10. Necesarios pero peligrosos: generaciones y relatos. 11. Los principios de la prueba y el derecho probatorio. 12. El punto de vista del abogado litigante. ...leer masleer menos Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 058153 D347.06/A566a Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 8372^bBDER Analisis sobre las titulaciones de tierras, la inconstitucionalidad de su normativa de dotacion y expropiacion como fundamento social / Sausedo Yelma, Nadia Jhantall
Ubicación : T343.076/SAU Autores: Sausedo Yelma, Nadia Jhantall, Autor Título : Analisis sobre las titulaciones de tierras, la inconstitucionalidad de su normativa de dotacion y expropiacion como fundamento social Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, nov. 2006, 74p Notas : Incluye Bibliografía
Incluye Anexos
Tesis
Temas : DERECHO AGRARIO - TITULACION DE TIERRAS Resumen : Las nuevas reformas sobre las leyes de tierras que han surgido en América latina en la última década reconocen formas de propiedad excluyente por un lado, la propiedad estrictamente familiar o individual y por el otro, la titulación de TCOs de propiedad colectiva. He aquí la gran interrogante que debemos plantearnos será posible que podremos cambiar esa formula de nuevos alcances de titulación será posible imaginar escenarios en los cuales se titula de doble manera el mismo objeto u previo. La realidad en el que vive nuestro país esta demostrando que es haci como los dirigentes y campesinos que viven en el territorio estos se organizan para acceder a la propiedad que lo conlleva a una compleja combinación de un derecho propietario el cual mescla la propiedad privada comunitaria o colectiva en la cual se devuelve la unidad familiar. La propiedad Agraria en nuestra legislación es de suma importancia, ya que la producción agropecuaria se basa en la extensión de sus tierras, las cuales van a cubrir las necesidades de sus familias. La Ley INRA como instrumento operativo, de acorde a su competencia se amplio en el proceso de saneamiento de las tierras, provocando el malestar a los terratenientes, instaurando en este proceso de titulaciones un conflicto entre el estado y los propietarios del Oriente. Para ello es necesario realizar un análisis de las modalidades de saneamientos en el marco de la Ley INRA.
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 047977 T343.076/SAU Tesis BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 4565^bBDER Análisis y evaluación de los cambios gestados por la ley 843 en el sistema tributario del Departamento de Tarija y su impacto en el PIB departamental 1986 – 2006 / Castellón Gálvez, Roberto Carlos
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Ubicación : T336.2/CAS Autores: Castellón Gálvez, Roberto Carlos, Autor Título : Análisis y evaluación de los cambios gestados por la ley 843 en el sistema tributario del Departamento de Tarija y su impacto en el PIB departamental 1986 – 2006 Fuente : Tarija [BO] : UAJMS, dic., 2009, 123 p. Notas : Incluye Bibliografía
Incluye CD-ROM
Temas : IMPUESTOS - EVALUACION, DERECHO FISCAL, PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO, CONTABILIDAD FISCAL - TARIJA, PRODUCTO INTERNO BRUTO - TARIJA Resumen : SIN RESUMEN
INTRODUCCION. - Después de varios años de enfrentar una severa crisis económica y tasas negativas de crecimiento, la inflación llegó a una tasa del 8.170% para 1985. En 1986, con un cambio de gobierno se implementó una reforma estructural integral. Este ajuste estructural implantó un completo conjunto de reformas de modernización; el entorno económico y sentaron las bases para un manejo económico basado en fuerzas de mercado. En el ámbito macroeconómico los resultados del ajuste estructural son alentadores, ya que en los últimos catorce años se ha mantenido una razonable estabilidad económica con tasas de crecimiento que fluctúan alrededor del 3% e índices promedio de inflación anual menores al 10%.
A pesar de que los indicadores muestran un crecimiento estable, Bolivia continúa entre los países de mayor pobreza del continente. Los indicadores sociales están por muy debajo del promedio latinoamericano y son comparables a los de las regiones más empobrecidas del mundo en África.
Es evidente que se necesita niveles de crecimiento de la economía mayores a los de los observados para poder luchar contra la pobreza de manera efectiva; sin embargo, la estrategia de la pobreza debe ser integral, un mayor crecimiento no asegura que los segmentos de la población que se encuentran en la extrema pobreza mejoran sus estándares de vida. Para poder lograr un crecimiento socialmente sostenible se debe diseñar una política fiscal que se atribuya como objetivo central, por el lado de los ingreso y de los egresos, la reducción efectiva de la pobreza.
Por el lado de los egresos es crucial que la política fiscal de gobierno central y de los gobiernos locales se centre en ejecutar los mejores proyectos de inversión pública; se debe dar prioridad a las inversiones que generen el mayor beneficio social neto. A través de un análisis costo-beneficio integral que determine en términos económicos la factibilidad de proyectos de inversión pública, se deben escoger los mejores proyectos para la sociedad. Por el lado de los ingresos, los gobiernos deben diseñar una política fiscal que tenga el potencial para financiar, en forma sostenible, las crecientes demandas de inversión pública. Dentro de las opciones de financiamientos públicos, donde se encuentran las donaciones, préstamos bilaterales y multilaterales, préstamos al nivel interno, expansión monetaria, cobros a usuarios y tributos, la última opción es la única que puede asegurar un ingreso sostenible a largo plazo para financiar las inversiones públicas.
Es crucial diseñar un sistema impositivo que recaude lo suficiente para financiar los gastos del estado, y sobre todo, las inversiones públicas. Un sistema que sea lo suficientemente elástico para que al crecer la economía, crezcan de igual manera o mayor proporción sus recaudaciones. Pero además, un sistema que estructuralmente sea progresivo, donde los que perciben mayor ingreso o tienen mayor riqueza contribuyan con una proporción mayor de tributos.
Un tema complicado, ya que los impuestos más eficientes en cuanto a las recaudaciones tienen que ser más progresivos y en la mayoría de los casos regresivos. Los impuesto más eficientes son los que abarcan una amplia base tributaria, son fáciles de controlar y sencillos en su cumplimiento y administración.
En este contexto, es importante revisar el sistema tributario boliviano, analizar su estructura y determinar si cada impuesto del sistema es consistente con los objetivos planteados; un sistema eficiente y sostenible que, además no castigue ecónomamente a la población más pobre.
El documento analiza el sistema tributario boliviano, investiga los cambios establecidos con la nueva ley 843, analiza la progresividad de los impuestos más importantes abarcando el periodo 1987-2007 basándose en las recaudaciones y modificaciones del sistema tributario boliviano analizando su efecto que provoca en el PIB boliviano.
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 055935 T336.2/CAS Tesis BIBLIOTECA CENTRAL AREA BANCO DE TESIS Disponible 5945^bBC Documentos electrónicos
38658_PRELIMINARESAdobe Acrobat PDF
38658_RESUMENAdobe Acrobat PDF
38658_MARCO TEORICOAdobe Acrobat PDF
38658_BIBLIOGRAFIAAdobe Acrobat PDF
38658_ANEXOSAdobe Acrobat PDFAnotaciones al procedimiento civil, tomadas de las resoluciones de la corte suprema justicia y otros tribunales / Rojas, Prudencio
Ubicación : D346/R714a Autores: Rojas, Prudencio, Autor Título : Anotaciones al procedimiento civil, tomadas de las resoluciones de la corte suprema justicia y otros tribunales Fuente : Cochabamba [BO] : 14 de Septiembre, 1889, 52p Notas : IncluyeBibliografía Temas : PROCEDIMIENTO CIVIL,LEGISLACION Reserva
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Nro de Inventario 013969 D346/R714a Libro BIBLIOTECA FACULTAD CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS Seccion Unica Disponible 5137^bBDER
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